Víctor Arpa, abogado laboralista especializado en incapacidad permanente, ha explicado que “si tienes una hernia discal L5-S1 y tienes un trabajo físico, es probable que puedas conseguir una incapacidad permanente”. Es decir, que ya sea en los grados de total o absoluta, sobre todo en aquellos trabajadores que deben realizar esfuerzos en su trabajo.
La pensión de incapacidad permanente es una prestación destinada a proteger económicamente a aquellos trabajadores que, por accidente o enfermedad, no pueden volver a trabajar, ya sea de forma parcial o total, tal y como recoge el artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social.
Existen cuatro grados, de los cuales la total es la que inhabilita para la profesión habitual, aunque con la posibilidad de trabajar en otra actividad compatible con las limitaciones, y la absoluta es la que no permite trabajar en nada, además de existir otras diferencias entre la incapacidad permanente total y la absoluta.
Incapacidad permanente por una hernia discal L5-S1
La hernia discal L5-S1 afecta al disco que está entre la última vértebra de la zona lumbar (la L5) y la primera del sacro (la S1), el hueso con forma de triángulo que une la columna con la pelvis. Para Arpa, “la L5-S1 es la bisagra del cuerpo, conecta tu columna lumbar con el sacro”.
“Cuando el disco se rompe o se desplaza, puede comprimir nervios y causar dolor lumbar, ciática, pérdida de fuerza y dificultad para caminar o estar de pie”, explica el abogado. “Esto limita casi cualquier trabajo”, relata.
Ahora, cada caso es distinto, y la Seguridad Social mira cómo la hernia afecta al trabajador a la hora de hacer su oficio. Eso es así, ya que la Seguridad Social no tiene un listado de enfermedades para reconocer una incapacidad permanente, pues lo que mira es cómo afecta esa dolencia al trabajador.
Por ejemplo, la Seguridad Social había negado tres veces la incapacidad a una empleada de hogar con hernia discal y los nervios de esa zona dañados a ambos lados (radiculopatía L5-S1 bilateral), operada sin éxito, pero el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria dijo que sí tenía derecho, ya que no podía hacer camas, fregar suelos ni cargar cubos. En cambio, el TSJ de Madrid se la denegó a una peluquera con desgaste en la columna y protrusiones (abultamientos de los discos) en L4-L5 y L5-S1, porque podía andar con normalidad y trabajar de pie.
Los tipos de incapacidad que se pueden reconocer
Arpa explica que, para que la Seguridad Social reconozca la incapacidad “hay que demostrar dos cosas. Que el dolor es intenso y persistente a pesar de todos los tratamientos y que tus limitaciones son permanentes”. Además, la ley pide que esas dolencias se puedan comprobar de forma objetiva, con informes y pruebas médicas.
Si la hernia se considera como enfermedad común, la Seguridad Social pide haber cotizado un tiempo mínimo. A los trabajadores dados de alta con 31 años o más se les pide la cuarta parte del tiempo que ha pasado desde que cumplieron los 20, con un mínimo de cinco años, y una quinta parte de lo que se les exige tiene que estar dentro de los últimos diez años. Si la lesión viene de un accidente, a quien está de alta no se le pide un mínimo de cotización.
Es posible que, tras solicitar la incapacidad permanente, esta sea denegada, por lo que hay que presentar una reclamación y si es denegada, acudir a los tribunales. Sobre esto, Arpa señala que su despacho ha logrado “sentencias favorables incluso después de que otros casos fueran rechazados”.
Sobre cuánto se cobra de incapacidad permanente por hernia discal, Arpa detalla que si es una incapacidad permanente total se cobra “el 55% de tu base reguladora o 75% si tienes más de 55 años”. A tener en cuenta que, si la incapacidad proviene de una enfermedad común, esta no puede ser inferior a la pensión mínima vigente, tal y como señala el artículo 196 de la Ley General de la Seguridad Social.
La Seguridad Social da ese incremento del 20%, ya que se entiende que a los 55 años y con una incapacidad es más difícil encontrar trabajo. Ahora, si se encuentra un empleo, se pierde ese incremento, pero se vuelve a recuperar al volver a estar sin trabajo. Este complemento lo cobró el año pasado casi la mitad de los pensionistas que cobran una incapacidad total (331.922 de las 677.337 pensiones), según los datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social a los que ha tenido acceso NoticiasTrabajo.
Arpa pone un ejemplo con una base reguladora de 1.500 euros. “Hablamos de unos 825 euros a 1.125 euros al mes para siempre”, señala. En el caso de la incapacidad permanente absoluta se cobra el 100%, es decir, que “cobrarías 1.500 euros al mes”, explica el abogado.