Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: “Afectarán tanto al cálculo de la pensión de jubilación como también a la cotización de los trabajadores”

El funcionario de la Seguridad Social señala que será más duro jubilarse a los 65 años y cobrar el 100% de la pensión.

Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social |YouTube
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El sistema de pensiones en España cambia cada año debido a las últimas reformas; algunas de ellas terminarán este 2027, pero otras continuarán durante al menos una década más. El funcionario de la Seguridad Social, Alfonso Muñoz Cuenca, ha informado de todos los cambios que llegarán este 2027 y que afectan a todos los trabajadores que vayan a jubilarse.

Edad de jubilación

El primer cambio es la edad ordinaria de jubilación, la cual incide también sobre el acceso a la jubilación anticipada. Esta lleva cambiando desde 2013 a través de la Ley 27/2011 (disponible en este BOE) y terminará este 2027. Alfonso explica que a partir de dicha fecha habrá dos edades y que no cambiarán:

Tabla con la edad de jubilación en función años cotizados | BOE
  • A los 65 años para los trabajadores que acrediten una carrera de cotización de al menos 38 años y 6 meses.
  • A los 67 años para los trabajadores que no alcancen los 38 años y medio de cotización.

Hay que tener en cuenta que sigue siendo necesario tener un mínimo de 15 años cotizados (carencia genérica), de los cuales al menos dos años deben estar dentro de los últimos quince años anteriores al hecho causante (carencia específica).

Años de cotización necesarios para cobrar el 100%

A partir de 2027 son necesarios 37 años cotizados para cobrar el 100% de la pensión (o pensión completa). Hasta ahora eran necesarios 36 años y seis meses, por lo que con este cambio, también regulado en la Ley 27/2011, los años trabajados exigidos suben en seis meses.

Para entenderlo, Alfonso pone un ejemplo en el que un trabajador “se jubila en el año 2027 y tiene exactamente 37 años de cotización. En este caso habrá alcanzado la cifra necesaria para cobrar el 100% de su base reguladora”. Ahora, si tuviera 36 años y 8 meses cotizados, le correspondería el 99,28% de la base reguladora.

Lo que no cambia es el mínimo, es decir, con 15 años cotizados se tendrá derecho al 50% de la base reguladora.

Nueva fórmula para calcular la base reguladora

Aunque el método dual para calcular la base reguladora entró en vigor en 2026, para este 2027 continúa cambiando. Hasta finales de 2025, solo había una fórmula en la que se tomaban las bases de cotización de los últimos 25 años, es decir, los últimos 300 meses cotizados. Esto perjudicaba a los que tenían periodos en blanco (por un despido) o cotizaciones irregulares (como los fijos discontinuos), por lo que la reforma bajo el Real Decreto 2/2023 introdujo un sistema dual para calcular la base reguladora. Las formas de calcularlo en 2027 son:

  • La primera opción (la fórmula tradicional): Se tomarán las bases de cotización correspondientes a los 300 últimos meses anteriores a la jubilación, es decir, los últimos 25 años, y el resultado se dividirá entre 350.
  • La segunda opción (un periodo más amplio): En 2027 se tendrán en cuenta los últimos 308 meses (es decir, algo más de 25 años y medio), pero de esos 308 meses se seleccionarán las 304 bases más altas de cotización de ese periodo, dividiendo el resultado entre 354,67. Esto significa que se podrán dejar fuera los 4 meses de cotización más baja o inexistentes.

Para comprenderlo, el funcionario de la Seguridad Social pone el ejemplo de una trabajadora que ha tenido una carrera de cotización bastante estable, pero que en los últimos años tuvo 4 meses en los que estuvo trabajando con un salario más bajo. Con esta nueva fórmula puede eliminar esos 4 meses para que no le perjudique la pensión de jubilación. Por tanto, en su caso, esta fórmula podría ser más beneficiosa.

Ahora, puede darse el caso de un trabajador cuya base de cotización siempre ha ido creciendo, al que le interese más la primera fórmula. En todo caso, la Seguridad Social siempre aplicará la que sea más beneficiosa.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional o MEI es una cotización que se aplica en las nóminas de todos los trabajadores (por cuenta ajena y autónomos) desde el 1 de enero de 2023, con el objetivo de mejorar el actual sistema de pensiones y que no servirá para su futura pensión de jubilación.

Esta cotización va aumentando cada año de forma progresiva. En el año 2026, el MEI era del 0,90%, pero a partir de 2027 este porcentaje subirá al 1% de la base de cotización. De ese porcentaje:

  • El 0,83% va a cargo de la empresa.
  • El 0,17% va a cargo del trabajador.
AñoCotización Total MEIAportación EmpresaAportación Trabajador
20260,90%0,75%0,15%
20271,00%0,83%0,17%
20281,10%0,92%0,18%
2029-20501,20%1,00%0,20%

Alfonso explica que un trabajador que tenga una base de cotización de 2.000 euros al mes pagará de MEI aproximadamente 3,40 € al mes (0,17%), mientras que el empresario pagará 16,60 euros (0,83%).

Sobre este tributo, el funcionario señala que el mismo “busca elevar los ingresos para hacer frente al mayor gasto que implicará la jubilación de la generación del baby boom. El objetivo es llegar al 1,2% en 2029 para mantenerse hasta el año 2050”.

Base máxima de cotización

La base máxima de cotización seguirá aumentando, pero los trabajadores que la cobren cotizarán por una cantidad mayor. De igual forma que subirán las bases máximas de cotización, también lo hará la pensión máxima de jubilación, que irá aumentando progresivamente por encima del IPC. En 2027 aumentará el IPC más el 0,115%.

“Es decir, si en el año 2027 las pensiones subieran un 2,6%, la pensión máxima de jubilación subirá ese 2,6% más el 0,115%, es decir, subiría un 2,715%”, aclara el funcionario.

Cuota de solidaridad

La cuota de solidaridad es una cotización adicional de la Seguridad Social que se aplica a los salarios que superan la base máxima de cotización (solo se aplica a la parte que supere dicha base). En 2027 volverán a aumentar los porcentajes en tres tramos:

  • Primer tramo: a los salarios entre la base máxima y un 10% adicional se les aplicará un 1,38% adicional.
  • Segundo tramo: a los salarios entre un 10% y 50% por encima de la máxima se les aplicará un 1,50%.
  • Tercer tramo: a los salarios que superen el 50% adicional de la base máxima de cotización se les aplicará un tipo del 1,75%.

De esta forma, en 2027 los trabajadores con salarios más altos notarán dos cambios importantes. El primero, que verán aumentar la cantidad máxima por la que se cotiza al aumentar la base máxima de cotización. Además, la parte que supere la base máxima de cotización pagará la “cuota de solidaridad”.

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