Declarar que no se tienen apenas ingresos será suficiente para cobrar el Ingreso Mínimo Vital

El Gobierno concederá este ingreso tras "una declaración responsable" y sancionará a quien no lo destine a "necesidades básicas"

Declarar que no se tienen apenas ingresos será suficiente para cobrar el Ingreso Mínimo Vital Envato
Paola Vargas López

Según el borrador del decreto-ley que regulará el Ingreso Mínimo Vital, se señala que los solicitantes que hagan una “declaración responsable” de tener apenas ingresos podrán acceder a cobrar esta ayuda.

Llevamos ya varios meses hablando de la nueva renta mínima vital y aun a día de hoy se siguen perfilando muchas cuestiones que están pendientes, pero la cuestión más importante es quiénes podrán acceder a cobrar esta ayuda social.

Pues bien, según el borrador del decreto-ley al que ha tenido acceso el periódico “El Mundo”, hacer una declaración responsable de que no se tienen ingresos bastará para cobrar la renta mínima vital.

En dicho texto, se establecen una serie de requisitos que el solicitante debe de cumplir para poder solicitarla y que el Ejecutivo en coalición pretende establecer. Entre ellos, el interesado tiene que asegurar no haber tenido apenas ingresos en el año 2019 o que tiene entre los 23 y los 65 años de edad.

Por otra parte, tampoco podrá ser propietario de una vivienda valorada en más de 100.000 euros y debe asegurar que se encuentra activamente buscando empleo, pero sin éxito.

Además, según señala dicho borrador, la persona solicitante de la renta mínima vital tendrá que acreditar las personas que integran la unidad de convivencia, quién es la persona solicitante o qué parentesco hay entre ellas. En el caso de que se dé una relación análoga a la conyugal, se debe asegurar por escrito que están inscritos como pareja de hecho.

Si el demandante asegura cumplir todos los requisitos en dicha declaración responsable, pero por alguna circunstancia no puede aportar la documentación, igualmente la Administración creerá que actúa de buena fe y podrá acceder a la ayuda sin problema. Ingreso Mínimo Vital: una ayuda entre 462 y 1.015 euros por familia.

Si la Administración no puede corroborar algún requisito del solicitante, podrá suspender de manera cautelar la prestación y solicitar dicha documentación.

Si dado este caso, en el plazo de 3 meses de tiempo no se presenta dicha documentación, la ayuda se extinguirá.

Asimismo, a quienes no destinen el importe económico a las necesidades básicas o a quienes comentan fraude, el Gobierno impondrá multas. Estas irán desde un mes sin prestación (máximo de 1.015 euros) hasta todo un semestre (6.090 euros). Además de devolver las cantidades recibidas por supuesto.

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