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Un padre de 93 años consigue echar de casa a su hijo después de que los problemas de convivencia le obligaran a marcharse: se había “adueñado” de la vivienda

El hijo vivía gratis en la vivienda de sus padres y sostenía que había vuelto para cuidar de su madre, pero el Tribunal Supremo considera que no tenía ningún derecho que le permitiera quedarse una vez que su padre retiró el permiso.

Imagen representativa de un anciano en su casa
Imagen representativa de un anciano en su casa |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

Que un hijo adulto vuelva a vivir con sus padres puede servir de ayuda cuando atraviesa problemas económicos, pero la convivencia puede complicarse hasta el punto de que sean los propios progenitores quienes terminen teniendo dificultades para permanecer en su casa. Esto es lo que ocurrió en Oviedo, donde un padre de 93 años acudió a los tribunales para echar a su hijo después de que los continuos enfrentamientos entre ambos le llevaran a abandonar en varias ocasiones la vivienda familiar.

El hijo había regresado a casa de sus padres desde Marbella a mediados de 2018. Según explicó el padre en su demanda, no podía seguir pagando el alquiler porque carecía de ingresos y sus progenitores llevaban años ayudándole económicamente, hasta que llegó un momento en que ya no pudieron seguir haciéndolo porque vivían prácticamente de sus pensiones de jubilación.

La convivencia, sin embargo, terminó deteriorándose. El padre aseguró que su hijo prácticamente se había “adueñado” de la vivienda y que los enfrentamientos eran continuos. La situación llegó hasta el punto de que el padre se marchó de casa y se trasladó a vivir con una de sus hijas, y cuando intentó regresar, terminó marchándose de nuevo porque los problemas continuaban.

El hijo decía que había vuelto a casa para cuidar de su madre

El hijo se opuso al desalojo y dio una versión diferente de lo ocurrido. Según explicó, había regresado definitivamente a Oviedo porque sus padres tenían una edad avanzada y problemas de salud, y aseguró que seguía encargándose personalmente del cuidado de su madre. También defendió que su regreso había sido una decisión tomada por toda la familia y que, por tanto, no estaba ocupando la vivienda sin permiso.

La mujer, que tenía 91 años cuando se dictaron las medidas de apoyo, padecía un severo deterioro cognitivo y tenía como curadora representante a la Administración del Principado de Asturias. El hijo utilizó esta circunstancia para sostener que su padre no podía pedir por sí solo que lo echaran de una vivienda que pertenecía al matrimonio y que también tendría que intervenir la entidad que representaba a su madre.

El Juzgado de Primera Instancia dio inicialmente la razón al padre y ordenó el desalojo, pero la Audiencia Provincial de Oviedo revocó esa decisión. Consideró que, al estar la madre sometida a una curatela representativa, el padre no podía actuar por sí solo en defensa de la vivienda ganancial.

El Supremo dice que el hijo no tenía ningún derecho para seguir viviendo allí

El Tribunal Supremo no comparte el criterio de la Audiencia y concluye que el padre sí podía presentar por sí solo la demanda de desahucio, porque el Código Civil permite a cualquiera de los cónyuges defender judicialmente los bienes y derechos comunes. Por tanto, no era necesario contar previamente con el consentimiento de la entidad que ejercía la curatela de su mujer.

Además, aquella vivienda era el domicilio conyugal y el padre había tenido que abandonarlo debido a los graves problemas de convivencia con su hijo. De hecho, la finalidad de la demanda era precisamente poder regresar a su propia casa y volver a convivir con su esposa.

Para el Supremo, el hijo tampoco había acreditado ningún contrato ni otro derecho que le permitiera permanecer indefinidamente en la vivienda. Aunque inicialmente hubiera entrado con permiso de sus padres, esa autorización era gratuita y podía retirarse. Desde el momento en que el padre dejó claro que quería que abandonara la casa, su permanencia pasó a ser en precario y procedía el desahucio.

Por todo ello, el Tribunal Supremo en su sentencia (que se puede consultar en este enlace) anuló la sentencia de la Audiencia Provincial y confirmó la resolución de primera instancia que obligaba al hijo a desalojar la vivienda de sus padres.