¿Se puede pedir el subsidio para mayores de 52 años tras el paro?

Los desempleados que quieran cobrar el subsidio para mayores de 52 años deberán cumplir con un requisitos imprescindible para poder cobrarlo.

¿Se puede pedir el subsidio para mayores de 52 años tras el paro?
Esta es la condición principal para cobrar el subsidio para mayores de 52 años tras el paro.
Isabel Gómez

Los trabajadores desempleados pueden cobrar la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuando hayan perdido su trabajo. Esto lo pueden hacer hasta finalizar esa ayuda contributiva o hasta que regresen al mercado laboral sin haberla acabado. Si ocurre la primera situación y se tienen más de 52 años, la administración ofrece la posibilidad que se acojan al subsidio para mayores de 52 años. Pero, ¿cuándo se puede pedir tras el paro? Una cuestión con solución si se cumplen los requisitos exigidos.

Actualmente, todos los subsidios por desempleo tienen una cuantía fija de 463,21 euros mensuales. Esto es así porque el Gobierno de España tiene establecido que esta ayuda no contributiva del SEPE corresponda con el 80% del Impuesto Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).

Lo que se trata con el subsidio para mayores de 52 años es favorecer que las personas que estén en una situación de vulnerabilidad económica, no terminen de caer en exclusión social si viven solas o los ingresos de toda la unidad familiar con la que convivan sean demasiado bajos. Por eso, se puede cobrar hasta que se llegue a la jubilación si las condiciones del beneficiario no cambian.

¿Cuándo se puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años tras agotar el paro?

Este tipo de subsidio para mayores tiene una gran ventaja y es que es el único que cotiza al régimen contributivo de la Seguridad Social para la pensión de jubilación. Cuando el desempleado agota su paro, puede acogerse a él, pero deberá esperar un mes desde que termina el paro y puede solicitar al SEPE el subsidio. Es lo que se conoce como el mes de carencia.

Obligaciones del parado en el mes de carencia

Durante los 30 días que dura ese periodo, la persona desempleada tendrá que cumplir una serie de requisitos para poder pedir el subsidio y corresponde con las siguientes:

  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Renovar la demanda de empleo o tarjeta DARDE.
  • Participar en acciones de formación o cualquier otro tipo de llamamiento que se le haga desde las oficinas de empleo.
  • Aceptar cualquier tipo de oferta de trabajo que se le haga desde el SEPE.
  • Debe demostrar que se encuentra en búsqueda activa de empleo.

Una vez pasado ese mes, el Instituto de Empleo (INEM SEPE) va a obligar al desempleado que presente su solicitud dentro de los 15 primeros días hábiles desde que acaba ese mes de carencia.  

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años?

Todos los trabajadores desempleados que acudan a solicitar el subsidio tienen que demostrar una serie de requisitos previos que se piden para poder acogerse a esta ayuda. Al ser el único que cotiza para la jubilación al INSS, presenta unas condiciones específicas que no todas estas prestaciones no contributivas tienen, aunque sí la mayoría. Estas son:

  • Encontrarse en una situación legal de desempleo y haber agotado la prestación por desempleo.
  • Se debe estar dado de alta como demandante de empleo o en una situación asimilada al alta. Aquí es donde se pide el mes de carencia.
  • Se debe demostrar una carencia de rentas. Los beneficiarios no deben tener unos ingresos mensuales que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, no se pueden tener ingresos mayores a 750 euros al mes.
  • Cumplir con el compromiso de actividad que se encuentra dentro del modelo de solicitud.
  • Como esta ayuda cotiza para la jubilación, se deben contar con al menos 15 años cotizados a la Seguridad Social. Dos de ellos deben estar dentro de los últimos 15 años en el momento que se solicita. Esto es así porque se puede cobrar hasta que se llegue a la edad ordinaria de jubilación o hasta que encuentre un nuevo empleo.
  • Tener cotizados seis años para la prestación por desempleo, dentro de los últimos 15 años cuando se solicita. 

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