El Gobierno ha aprobado hoy dos nuevos reales decretos en materia de vivienda, en los que se recogen una serie de medidas como la protección de los desahucios hasta 2030 o una rebaja fiscal a algunos inquilinos. Concretamente, se trata de una deducción estatal del 10% en el IRPF por el alquiler de la vivienda habitual en zonas tensionadas, pero los inquilinos que puedan beneficiarse de ella no notarán una rebaja inmediata en lo que pagan cada mes.
Así lo aclaran expertos fiscales de TaxDown, quienes explican que, tras su aprobación, esta nueva deducción entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, pero el primer ahorro no se vería reflejado en los bolsillos de los inquilinos hasta la declaración de la Renta de 2026, que se presentará en la primavera de 2027.
“Es una buena noticia que vuelva a existir una deducción estatal por alquiler, pero hay que ser realistas con los plazos”, explica Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown. “El inquilino no va a notar nada en su recibo mensual. El ahorro llegará cuando haga la declaración de la Renta, dentro de varios meses. Ayuda, pero no resuelve la urgencia de quien hoy no llega a fin de mes con el alquiler”.
Además, no todas las personas que alquilen una vivienda podrán beneficiarse de ella, ya que solo habrá que cumplir con unos requisitos de renta, sino que solo estará disponible para aquellas viviendas situadas en una zona declarada como mercado residencial tensionado.
La deducción máxima podrá rondar los 1.163 euros al año
Según explican desde TaxDown, podrán aplicar esta nueva deducción los contribuyentes con una base imponible inferior a 33.007,20 euros anuales. La cantidad máxima de alquiler sobre la que se podrá aplicar el 10% será de 11.630 euros para quienes tengan una base imponible de hasta 23.007,20 euros, por lo que la deducción máxima podrá rondar los 1.163 euros al año. A partir de ese nivel de ingresos, el límite irá reduciéndose progresivamente hasta desaparecer cuando se alcancen los 33.007,20 euros.
Fernández aclara que “los 11.630 euros no son lo que te devuelven, sino la cantidad máxima de alquiler sobre la que se aplica el 10%. Por tanto, la deducción máxima rondará los 1.163 euros al año, y solo para rentas de hasta 23.007,20 euros. A partir de ahí, el límite baja de forma progresiva”.
Esto significa que no se trata de una ayuda mensual ni de una rebaja directa sobre el recibo del alquiler, sino de un beneficio fiscal que podrá aplicarse posteriormente al hacer la declaración de la Renta.
Además, tampoco podrán beneficiarse quienes sean propietarios o usufructuarios de otra vivienda situada a menos de 50 kilómetros de la alquilada. Este requisito también se tendrá en cuenta respecto al resto de miembros de la unidad familiar.
Solo podrán aplicarla los inquilinos que vivan en zonas tensionadas
Junto al límite de ingresos, los expertos recuerdan otro requisito importante y es que solo podrán aplicarlos los inquilinos cuya vivienda esté situada en una zona tensionada, incluida en la resolución correspondiente del Ministerio de Vivienda.
La declaración de estas zonas depende de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos, por lo que actualmente no todos los territorios cuentan con ellas. Además, si una zona pasa a ser tensionada una vez comenzado el año, únicamente se podrá deducir el alquiler pagado desde el momento en el que se produzca esa declaración.
“Antes de hacer cuentas, lo primero que tiene que comprobar un inquilino es si su vivienda está en una zona declarada tensionada. Si no lo está, esta deducción no le afectará, por mucho que cumpla el requisito de renta”, explica Fernández.
Esto supone, como señala el experto, que dos inquilinos que paguen el mismo alquiler y tengan los mismos ingresos podrían recibir un tratamiento diferente dependiendo del lugar en el que vivan.
Desde TaxDown recomiendan también revisar las deducciones autonómicas por alquiler que ya existen en muchas comunidades autónomas, puesto que podrán ser compatibles con esta nueva deducción estatal.

