Cómo reclamar al SEPE si no has cobrado la prestación por desempleo tras un ERTE

Francisco Miralles

Muchas son las personas que se han visto afectadas por un ERTE y a día de hoy no han cobrado la prestación por desempleo. Si te ves en esta situación queremos contarte cómo puedes reclamar al SEPE (INEM) el cobro de tu prestación.

En España, aproximadamente cuatro millones de trabajadores se han visto afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo o ERTE. Esta situación propiciada por el covid-19 ha provocado un colapso en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal.

Para aquellas personas que a día de hoy no han cobrado la prestación por desempleo tienen dos opciones: esperar a que el SEPE tramite la solicitud o presentar una reclamación.

Si optamos por la primera vía, os aconsejamos poneros en contacto con vuestra empresa. Ella es, quien debe de comunicar al SEPE el ERTE de la empresa, cuantos trabajadores son los afectados y la prestación de la correspondiente documentación.

Si tras una espera considerable no has recibido respuesta puedes optar por la vía de presentar de forma oficial una reclamación al SEPE. En este punto contarte que tenemos dos vías. Presentar un reclamación vía administrativa o una demanda judicial.

Presentar una reclamación vía administrativa

Para presentar una reclamación vía administrativa el interesado/a deberá de cursar dicha solicitud a través de la web del SEPE (mediante certificado digital, DNIe o correo certificado). Existe la posibilidad de presentar dicha solicitud de forma presencial, pero al estar las oficinas de empleo cerradas, es inviable.

Tras presentar nuestro recurso el Servicio Público de Empleo Estatal tiene seis meses de plazo para contestar nuestra solicitud. En el caso que no recibiéramos por parte del INEM una contestación formal se entiende que hay un "silencio administrativo" por lo que tendremos la posibilidad de interponer una demanda judicial.

Si recibiéramos la contestación por parte del SEPE rechazando o denegando nuestra solicitud, nosotros como trabajadores tendremos un plazo de 45 días para presentar alegaciones. Si nuevamente se volviera a repetir esa situación, dispondremos ahora, de 30 días para reclamarlo nuevamente.

Si tras esto la respuesta sigue siendo la denegación tan solo nos quedará la vía judicial.

Para presentar una demanda judicial al SEPE deberá de hacerse siempre en los juzgados de lo social de tu localidad. Para este procedimiento te contamos que no es necesario contar ni con abogado ni con procurador, pero desaconsejamos llegar a este extremo. Como te contamos más arriba es la empresa quien debe de solicitar la prestación por desempleo a un trabajador afectado por un ERTE.

A día de hoy numerosas son las personas que no han cobrado el paro. Para ello el Ministerio de trabajo llegó a un acuerdo con las entidades bancarias para que toda persona que se le reconozca su derecho a la prestación por desempleo, ésta se le sea abonada. Aquí tienes toda la información.

El SEPE y los bancos ultiman un acuerdo para abonar el paro de los ERTE

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