Una limpiadora de 37 años con trastorno bipolar logra la incapacidad absoluta con una pensión de 907,68 euros porque la justicia rechaza que la Seguridad Social espere a ver si mejora

Aunque la Seguridad Social quería ver primero si su enfermedad se estabilizaba, el TSJ de Andalucía entiende que la ley no obliga a esperar cuando la recuperación es incierta.

Limpiadora |Envato
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reconocido la incapacidad permanente absoluta a una limpiadora de oficinas con trastorno bipolar, por lo que cobrará una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora, fijada en 907,68 euros. De esta forma, la justicia corrige a la Seguridad Social, que se la había denegado porque prefería esperar a ver cómo evolucionaba su enfermedad antes de decidir.

Según explica la sentencia (disponible en este enlace del Poder Judicial), contra la que cabía recurso ante el Tribunal Supremo, la trabajadora, que tenía 37 años cuando se valoró su caso en octubre de 2023, arrastraba problemas psiquiátricos desde 2007. Desde entonces había sufrido dos episodios psicóticos (en los que se pierde el contacto con la realidad), en 2012 y 2015, uno depresivo en 2016 y una nueva recaída con delirios en 2017, hasta que en febrero de 2023 volvió a empeorar, con cambios de ánimo y ansiedad. En mayo de ese año, su psiquiatra de la sanidad pública le recomendó seguir de baja.

El problema es que el informe médico de la Seguridad Social reconocía que tenía un trastorno psiquiátrico de larga evolución, pero concluía que había que posponer la valoración definitiva hasta ver si su enfermedad se estabilizaba, por lo que en octubre de 2023 se quedó sin pensión.

La trabajadora acudió a los tribunales, pero el entonces Juzgado de lo Social número 2 de Málaga le dio la razón a la Seguridad Social en octubre de 2025, al entender que su enfermedad no le impedía seguir trabajando como limpiadora, a la espera de las pruebas y valoraciones que proponía el informe médico.

Para entenderlo un poco, aclarar que la incapacidad absoluta es el grado que se concede a quien no puede trabajar en nada, y que la ley no exige que la enfermedad sea incurable. El artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social dice que la posibilidad de recuperarse no impide reconocer la incapacidad “si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo”.

Esperar a ver cómo evoluciona va contra la ley

El TSJ se apoya justo en ese artículo para darle la incapacidad permanente absoluta, y recuerda que su trastorno bipolar venía de lejos y que, a pesar de los altibajos, tenía una “notable persistencia”, por lo que no se podía esperar que se recuperase pronto para volver a trabajar.

Por eso, retrasar la decisión hasta ver si la enfermedad se estabilizaba, como proponía la Seguridad Social, “es algo contrario a la previsión de la norma”, según recoge la sentencia.

No es la primera vez que la justicia reconoce la absoluta por un trastorno bipolar, pues un juzgado de Barcelona, con la confirmación posterior del TSJ de Cataluña, también se la dio a un conductor de autobús con trastorno bipolar y adicciones, a pesar de que la Seguridad Social alegaba que la misma podía seguir haciendo trabajos más livianos.

La pensión se le paga con efectos desde el 3 de octubre de 2023 y, con las subidas de 2024, 2025 y 2026, ronda hoy los 995 euros al mes, aproximadamente. Además, al tratarse de una incapacidad absoluta, la misma queda exenta del IRPF, ya que así lo recoge el artículo 7 de la Ley 35/2006 (la ley de IRPF).

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