Lleva más de tres meses de baja por ansiedad, la mutua le hace una analítica, descubre que ha dejado parte de la medicación y le retira el cobro, y el TSJ lo avala porque lo dejó por su cuenta

Para el TSJ de Castilla y León no es razonable dejar durante semanas parte del tratamiento por decisión propia, sin una recomendación médica que lo acredite.

Trabajadora con dolor de cabeza |Envato
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León avala la decisión de la mutua de suspenderle el cobro de la incapacidad temporal a una trabajadora de un ayuntamiento que llevaba más de tres meses de baja médica por ansiedad e insomnio. Esto fue porque, tras un análisis, se descubrió que la trabajadora llevaba semanas sin tomarse la medicación, siendo esta una de las razones para suspender el pago según la Ley General de la Seguridad Social.

Artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social | Fuente: BOE

Una trabajadora del Ayuntamiento de León que llevaba más de tres meses de baja médica por ansiedad e insomnio se ha quedado sin poder seguir cobrando la prestación por incapacidad temporal, después de que una analítica pedida por su mutua revelara que llevaba semanas sin tomar parte de la medicación. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León avala la decisión de la mutua, ya que esta dejó esa medicación por voluntad propia, sin que conste la recomendación de ningún médico.

La trabajadora estaba de baja por enfermedad común desde el 26 de octubre de 2023. El ayuntamiento tenía concertada esa cobertura con una mutua, que es la entidad colaboradora con la Seguridad Social y que paga la baja médica, en este caso de la trabajadora. Tras un tiempo viendo que la trabajadora no mejoraba, la mutua decidió hacerle una analítica, que la propia trabajadora aceptó por escrito.

Tras analizar los resultados de la analítica, se comprobó “que no se estaba tomando la medicación prescrita” desde varias semanas antes. Como decidió dejar de tomar la medicación, la mutua le suspendió la prestación por incapacidad temporal, ya que dejó de tomar la medicación que los médicos le habían recomendado tomar.

Al no tomarse la medicación, la mutua decidió suspenderle la prestación por incapacidad temporal, ya que los análisis revelaron que abandonó por su cuenta el tratamiento farmacológico recomendado por los médicos.

La trabajadora alegó que dejó de tomar la medicación por sus efectos secundarios, pues en ocasiones le llevaron a “haber olvidado una olla en el fuego y estar a punto de atropellar a una persona cuando conducía su vehículo”. Además, que no dejó de tomar la medicación motu proprio, pues se lo había recomendado su hijo neurólogo, y con el aval de su médico de cabecera y de un psicólogo de la sanidad pública, tras lo cual le pautaron otro fármaco.

Según recoge la sentencia, esto último no se tuvo en cuenta, ya que eran manifestaciones de la propia trabajadora, y el testimonio de su hijo ni siquiera consta en el juicio.

El cambio de medicación debía venir de sus médicos

El Tribunal Superior de Justicia avala la decisión de la mutua de suspenderle el cobro de la prestación, ya que el artículo 175.2 de la Ley General de la Seguridad Social, permite hacerlo cuando “sin causa razonable” abandone el tratamiento médico que le habían recomendado tomar para mejorar su estado de salud. Ese mismo artículo también permite suspender la prestación cuando no se acude a las revisiones médicas o se actúe por fraude.

La Sala no ve razonable que una persona de baja deje de tomar el tratamiento por voluntad propia durante semanas, sin una recomendación médica, ya que estos tratamientos son para curar o mejorar el estado de salud de los pacientes y, que en caso de hacerlo, lo lógico es que viniera “de los médicos que la vienen tratando”.

Aunque la norma permite suspender la prestación a quien deje de tomar la medicación o no acuda a las revisiones médicas esto no siempre es así. Por ejemplo, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco obligó a devolver la baja a un trabajador al que su mutua se la había retirado por no acudir a una revisión que tenía programada. El trabajador alegó que estaba enfermo y se había olvidado de la cita, y que además, al día siguiente le atendieron en un centro de salud, demostrando así su buena fe.

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