Muchas personas con un grado de discapacidad del 65% creen que no pueden trabajar y, si lo hacen, perderán sus ayudas. La respuesta a si “se puede trabajar con una discapacidad del 65%” es que sí, ya que la discapacidad mide las limitaciones que tiene la persona en su día a día y no su capacidad para trabajar, tal y como explicaban los abogados Luis Alfonso y Alberto Iglesias.
Lo primero es que hay que saber diferencias entre dicapacidad e incapacidad. La discapacidad la reconoce la comunidad autónoma con un porcentaje, mientras que la incapacidad permanente la concede la Seguridad Social cuando el trabajador ya no puede ejercer su profesión.
Para entenerlo podemos poner un caso real, en el que un conserje con cáncer y un 65% de discapacidad, se le denego de la incapacidad permanente, ya que según la justicia, su grado de discapacidad no le impedía trabajar en su profesión habitual.
¿Se puede cobrar la pensión no contributiva y trabajar a la vez?
La pensión no contributiva de invalidez es una ayuda para personas de entre 18 y 65 años que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 65% y además, cuentan con pocos. En 2026 es de 628,80 euros al mes en 14 pagas, según el Real Decreto 241/2026. El artículo 366 de la Ley General de la Seguridad Social permite trabajar con ella, siempre que el empleo sea compatible con el estado de salud de la persona y no suponga un cambio en su capacidad para trabajar.

A tener en cuenta que, durante los cuatro primeros años de trabajo, la pensión y el sueldo juntos no pueden pasar de la suma de la propia pensión (8.803,20 euros al año) y del IPREM sin pagas extra, el indicador que usa la Administración para fijar ayudas, que en 2026 es de 7.200 euros al año, según el SEPE. Es decir, el tope es de 16.003,20 euros al año en 2026, y lo que pase de ahí se descuenta de la pensión.
Por ejemplo, quien cobra la pensión completa y encuentra un trabajo de 10.000 euros brutos al año sumaría 18.803,20 euros, 2.800 por encima del tope. Así, la pensión bajaría a 6.003,20 euros al año (428,80 euros en cada una de las 14 pagas), y entre pensión y sueldo sumaría esos 16.003,20 euros.
Si el contrato se termina o se deja de trabajar como autónomo, la pensión puede recuperarse de forma automática y lo ganado con ese trabajo en ese año no cuenta como ingreso, tal y como explica el artículo 363 de la misma ley. Pasados los cuatro años, en cambio, el sueldo cuenta como cualquier otro ingreso, por lo que la pensión se rebaja si los ingresos pasan del 35% de su cuantía (3.081,12 euros al año) y se pierde si llegan al límite de ingresos, que en 2026 es de 8.803,20 euros para quien vive solo.
¿Qué ventajas tiene trabajar con un 65% de discapacidad?
Las empresas de 50 o más trabajadores tienen que contar con al menos un 2% de trabajadores con discapacidad (desde un grado del 33%), salvo que apliquen las medidas alternativas que permite la ley, según el artículo 42 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad. En la declaración de la Renta, además, el trabajador con un 65% o más puede restar de su sueldo 7.750 euros al año como gasto, sumados a los 2.000 euros que se restan todos los trabajadores, según el artículo 19 de la Ley del IRPF.

También se puede jubilar antes. El Real Decreto 1539/2003 rebaja la edad de jubilación un 0,25 por cada año trabajado con ese grado (un año por cada cuatro trabajados) o un 0,50 (un año por cada dos) si la persona necesita la ayuda de otra para las tareas básicas del día a día, como vestirse o comer. Así, quien haya trabajado 20 años con un 65% se jubilaría cinco años antes, aunque nunca por debajo de los 52 años, siendo este el límite que marca la Seguridad Social y que se puede consultar en la guía de la jubilación anticipada por discapacidad.
Eso sí, solo cuentan los años trabajados con el grado ya reconocido, como le ocurrió a una mujer de 58 años con 38 años cotizados a la que se le denegó la jubilación anticipada porque su discapacidad no subió al 65% hasta 2019.
Distinta es la situación de quien cobra una pensión de incapacidad permanente. Con la total se puede trabajar en una profesión diferente a la que causó la incapacidad, en la misma empresa o en otra, mientras que con la absoluta solo se permiten las actividades compatibles con su estado de salud. Además, desde diciembre de 2024, si ese trabajo obliga a darse de alta en la Seguridad Social, la pensión deja de pagarse mientras dure, según el artículo 198 de la Ley General de la Seguridad Social.

