Estos son los movimientos en efectivo que se tienen que declarar a Hacienda

Hay operaciones en efectivo que son especialmente investigadas por Hacienda, con la finalidad de que siempre se declaren y no se cometa fraude fiscal.

Los movimientos en efectivo que pueden ser investigados por Hacienda
Operaciones en efectivo investigadas por Hacienda
Esperanza Murcia

Aunque el dinero en efectivo se usa cada vez menos, todavía existe una importante mayoría que sigue decantándose por este método. Por ello, no hay que bajar la guardia, porque Hacienda, ni mucho menos, ha rebajado su atención a estos pagos. En su lucha contra el blanqueo de dinero, pone el foco en los “pagos en negro”, motor de la economía sumergida que el Fisco investiga a pies juntillas.  

Con este fin, las entidades bancarias están obligadas de informar a la Agencia Tributaria de cualquier movimiento sospechoso, donde se incluyen las operaciones con dinero en efectivo. Así, el banco puede avisar de cualquier ingreso o retirada que se haya realizado en su corporación, pudiendo los usuarios ser investigados aunque no lo sepan.

Ahora, no todas las operaciones son investigadas. En particular, hay cinco movimientos que pueden hacer saltar las alarmas en Hacienda, algunos más frecuentes de lo que cabría pensar en un primer momento. A continuación se recoge cuáles son estas operaciones que pueden ser investigadas por la Agencia Tributaria

Operaciones en efectivo que hay que declarar 

El retroceso de los pagos en efectivo no ha conseguido que, en numerosas ocasiones, el dinero en metálico se siga utilizando para encubrir acciones fraudulentas. Por este motivo, la Agencia Tributaria suele mirar con lupa estas operaciones. Al respecto, estos son los movimientos con los que hay que tener cuidado, ya que pueden ser investigadas para evitar fraude fiscal o blanqueo de capitales. 

Pagos en efectivo de 1.000 euros o más 

Desde el año pasado no se puede pagar en efectivo operaciones que sean iguales o superiores a 1.000 euros más si alguna de las partes actúa como empresario. En caso de que la persona que realiza el pago no cuente con domicilio fiscal en España y no actúe como profesional, el límite se eleva a los 10.000 euros. Hay que decir que este tope se aplica a la operación en su conjunto, es decir, si se fracciona el pago se toma como referencia el cómputo global, no lo que se envía en cada pago. 

Billetes de 500 euros 

Los bancos tienen la obligación de informar de cualquier ingreso o retirada de dinero que implique la utilización de billetes de 500 euros. Aunque no está prohibido utilizarlos, sí que pueden ser investigados. 

Ingresar más de 3.000 euros 

También serán sospechosos los ingresos o cobros en el banco que superen los 3.000 euros. Esto también se aplica aunque la operación no se efectúe co dinero en efectivo, es decir, se ejecute por medios electrónicos. Si la operación no está justificada, se podría considerar ganancia patrimonial no justificada a ojos de Hacienda. 

Ingresos periódicos 

La ejecución de ingresos periódicos es otra de las operaciones en las que ponen el foco. No importa la cuantía de los mismos, si los ingresos se hacen en un plazo de tiempo continuado, se investigarán para saber si existe fraude fiscal. Es así porque la Agencia Tributaria podría pensar que, poco a poco, se está blanqueando dinero obtenido en negro. 

Operaciones de más de 10.000 euros 

Sin importar de qué operación se trate, en caso de que supere los 10.000 euros, la entidad bancaria informará a Hacienda. Esto incluye ingresos, retiradas de cajeros y transferencias. Además, los movimientos relacionados con préstamos superiores a 6.000 euros también serán notificados. 

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