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El paro máximo sin hijos y el subsidio de mayores de 52 años seguirán congelados en 2027 en 1.225 y 480 euros si no se sube el IPREM, mientras las pensiones subirán con el IPC

Si el IPREM hubiera crecido conforme al IPC, el paro máximo sin hijos llegaría en 2027 a los 1.389 euros al mes, y el subsidio para mayores de 52 años a unos 544.

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo
Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo |Marta Fernández / Europa Press
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

En España, 876.750 personas cobran la prestación contributiva (el paro) y 762.265 un subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), según los últimos datos del Ministerio de Trabajo. Las cuantías de estas prestaciones dependen principalmente del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples) el cual lleva congelado desde 2023. Si nada cambia, para 2027 seguirán en los 1.225 euros al mes sin hijos y el subsidio para mayores de 52 años en 480 euros, por quinto año y con una inflación desbocada, mientras que las pensiones sí lo harán y lo ha hecho conforme al IPC.

El IPREM se fija con la Ley de Presupuestos para cada año, tal y como establece el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 3/2004, que creó el indicador. Al llevar tres años sin presupuestos, este sigue con el mismo valor de 2023, cuya cifra sigue en los 20 euros diarios, que son 600 euros al mes y 7.200 al año (la misma que viene regulada en la disposición adicional nonagésima de la Ley 31/2022).

La cuantías mínimas y máximas de paro se calculan con el IPREM incrementado en una sexta parte (700 euros), tal y como recoge el artículo 270.3 de la Ley General de la Seguridad Social. De esta forma, a jornada completa, la cuantías máximas sin hijos será el 175% (1.225 euros), el 200% con un hijo (1.400) y el 225% con dos o más (1.575), y el mínimo es el 80% sin hijos (560 euros) o el 107% con hijos (749).

En el caso de trabajar a jornada parcial, los límites se calculan en proporción a las horas trabajadas en los últimos 180 días. Los autónomos tienen los mismos límites en la prestación por cese de actividad (apartados 3 y 4 del artículo 339).

Los subsidios son el 95% del IPREM los primeros 180 días (570 euros), el 90% hasta el día 360 (540) y el 80% a partir de ahí (480). El subsidio para mayores de 52 años es diferente, pues con la reforma de los subsidios por desempleo (Real Decreto 2/2024) se mantuvo la cuantía fija del 80% durante todo el periodo (artículos 278 y 280.4).

Con el IPC de las pensiones, el IPREM sería hoy de 657 euros

Las pensiones contributivas se revalorizan cada enero con la media del IPC de diciembre a noviembre, tal y como exige el artículo 58.2 de la Ley General de la Seguridad Social. De esta forma, en 2024, subieron un 3,8%, en 2025 un 2,8% y un 2,7% en 2026. Sabiendo esto, si el IPREM hubiera subido lo mismo, su cuantía sería de 657,52 euros al mes, un 9,6% más.

Para 2027, la media del IPC de diciembre a septiembre está en el 3,33%, con el de septiembre en el 4,9%, el más alto desde febrero de 2023, según publica el Instituto Nacional de Estadística (INE). Si octubre (el adelantado ha sido de 4,9%) y noviembre se quedan entre el 4,3% y el 4,9%, las pensiones subirán un 3,5% o un 3,6%, según calcula de forma orientativa NoticiasTrabajo. Con un 3,5%, el IPREM llegaría a unos 680 euros.

El Salario Mínimo Interprofesional ha pasado desde los 1.080 euros al mes en 14 pagas a los 1.221 euros, es decir una subida del 13,1% más. El IPREM equivalía en 2023 al 55,6% del salario mínimo y hoy ya no llega a la mitad (49,1%).

Esta tabla recoge el cálculo de NoticiasTrabajo con el IPREM al ritmo de las pensiones y una subida del 3,5% en 2027.

Cuantía (euros al mes, jornada completa)2026 (y 2027, sin cambios)Con el IPREM al ritmo de las pensiones, 2026Con el IPREM al ritmo de las pensiones, 2027 (estimada)
Paro máximo sin hijos1.2251.3421.389
Paro máximo con un hijo1.4001.5341.588
Paro máximo con dos hijos o más1.5751.7261.786
Paro mínimo sin hijos560614635
Paro mínimo con hijos749821850
Subsidio, primeros 180 días570625647
Subsidio, del día 181 al 360540592612
Subsidio desde el día 361 y de mayores de 52 años480526544

Es decir, que el tope del paro sin hijos es unos 117 euros al mes más bajo de lo que sería con el IPREM actualizado, y la distancia llegaría a unos 164 en 2027. El paro es el 70% de la base reguladora (el promedio de lo cotizado por desempleo en los últimos 180 días, según los apartados 1 y 2 del artículo 270) durante los seis primeros meses, así que esa diferencia entera solo la pierde quien cotizaba por unos 1.920 euros al mes o más (unos 1.985 en 2027).

Con ese 70%, los 1.225 euros del tope los cobra ya quien cotizaba por 1.750 euros al mes, unos 21.000 brutos al año con las pagas extra prorrateadas. Es un 23% más que el salario mínimo de 2026 prorrateado (1.424,50 euros), y en 2023 la distancia era del 39%. Quien cotizaba entre 1.750 y 1.920 euros pierde menos de esos 117 euros. Desde el séptimo mes el paro baja al 60%, y entonces el tope se alcanza cotizando unos 2.042 euros y la diferencia entera se pierde desde unos 2.237.

En el subsidio, que tiene una cuantía fija, la diferencia llega a todos los que lo cobran. En el de mayores de 52 años son 46 euros al mes ahora y unos 64 en 2027, unos 770 euros al año, porque ni el paro ni los subsidios tienen pagas extra.

El IPREM de 2027 queda en manos del decreto de las pensiones

Para que el IPREM cambie en enero, el Gobierno tendría que actualizarlo en una norma como el decreto ley con la subida de las pensiones. Ese decreto lo aprobará previsiblemente un Gobierno en funciones tras las elecciones generales del 29 de noviembre, y luego lo tendrán que convalidar la Diputación Permanente o el nuevo Congreso. Ninguno de los decretos con los que subieron las pensiones en 2024, 2025 y 2026 tocó el IPREM.

Además, ese decreto puede no llegar en diciembre. En la última ocasión parecida, el Gobierno en funciones mantuvo en 2020 las pensiones con el importe de 2019 mediante el Real Decreto-ley 18/2019, del 27 de diciembre, y la subida no llegó hasta el Real Decreto-ley 1/2020, del 14 de enero, con efectos desde el 1 de enero.

El Gobierno ha empezado a sustituir el IPREM en alguna prestación. El Real Decreto-ley 31/2026, fija desde el 1 de noviembre el mínimo de las pensiones extraordinarias por terrorismo en el doble del salario mínimo, en lugar del triple del IPREM, por considerarlo una referencia más adecuada para proteger a sus beneficiarios, aunque el decreto está todavía pendiente de convalidación.

La congelación más larga del IPREM fue la de 2010 a 2016, cuando estuvo siete años en 532,51 euros al mes aunque hubo Presupuestos cada año, el último la Ley 48/2015.

Si el IPREM subiera, el subsidio, que se calcula con el IPREM “vigente en cada momento” (artículo 278), cambiaría ese mismo mes para quien ya lo cobra. El tope y el mínimo del paro, en cambio, se fijan con el IPREM “vigente en el momento del nacimiento del derecho” (artículo 270.3), por lo que solo lo notaría quien empiece a cobrarlo después.