Prestación por desempleo o subsidio para mayores de 52 años: ¿cuál pedir primero?

El SEPE otorga un subsidio de 463 euros mensuales para mayores de 52 años siempre que cumplan con unos determinados requisitos

Los mayores de 52 años pueden pedir al SEPE un subsidio tras agotar el paro.
Isabel Gómez

Todos aquellos trabajadores con 52 años o más se encuentran ante un momento complicado cuando se quedan sin empleo. A pesar de ello, el Gobierno de España no los desprotege, sino que les abre un amplio abanico de prestaciones y subsidios a los que poder acogerse. Son los que otorga el Servicio Público de Empleo Estatal y suponen un alivio económico para todas las personas que se convierten en demandantes de empleo. El problema viene cuando no saben a cúal acogerse, al paro o al subsidio por desempleo. Para ello, el SEPE indica cuáles son las pautas a seguir.

Específicamente, el SEPE ofrece a todos los desempleados mayores de 52 años una ayuda de dinero que puede llegar a extenderse hasta que estos alcancen la edad de jubilación, ya que se trata de un subsidio que les permite seguir cotizando a la Seguridad Social para su pensión. Aunque para eso, deben cumplir una serie de requisitos, como los que se detallarán más adelante.

El Ejecutivo dio a conocer hace unos escasos días las cifras de paro registrado en España con datos muy positivos. La afiliación al Instituto Nacional de la Seguridad Social ha alcanzado, por primera vez en su historia, los más de 20 millones de personas afiliadas. La tasa de desempleo bajó en 86.260 personas el pasado abril, una cifra bastante numerosa motivada por la reforma laboral que entró en vigor a finales de marzo.

Aún así, la situación de desempleo es un hecho entre las personas de mayor edad pero que aún forman parte de la población activa. Los trabajadores que se quedan sin trabajo se les generan varias dudas en cuanto a ayudas económicas, si la prestación por desempleo o el subsidio para mayores de 52 años.

¿Cuál pedir primero, el paro o el subsidio para mayores de 52 años?

Lo común que suelen hacer todas las personas que han agotado su prestación por desempleo, es posteriormente solicitar un subsidio que más se acople a sus necesidades específicas, si cumplen con los requisitos. En este caso, el destinado en exclusiva para los parados de más de 52 años.

Todos ellos deben acudir al Instituto de Empleo (SEPE INEM) para registrarse, en primer lugar, como demandantes de empleo. Esto es un paso fundamental para que así figuren como parados en los ficheros del INEM. Una vez realizado este trámite, comenzarán a cobrar su prestación por desempleo hasta que la agoten, si llegase a ser preciso. Hay que recordar que, como regla general, por cada cuatro meses cotizados, se tiene derecho a uno de paro,

Cuando los beneficiarios de la prestación anterior hayan agotado esa ayuda económica, puede suceder que no dispongan de los medios suficientes que el SEPE considera básicos para una vida digna. Es en este punto cuando podrán acogerse a los subsidios por desempleo. De los ocho que hay, hay uno específico para mayores de 52 años y que se puede extender hasta la edad de jubilación si el trabajador no ha encontrado un empleo con anterioridad.

¿Qué requisitos se deben cumplir para cobrar el subsidio para mayores de 52 años?

El SEPE otorga una cuantía fija igual para todos los que vayan a beneficiarse de los subsidios cuando hayan agotado el paro. Esta no debe superar el 80% del Impuesto Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), por tanto, en este año, la cuantía a recibir es de 463,21 euros mensuales. Pero, ¿qué requisitos hay que cumplir para que la concedan?

Además de la edad mencionada, se debe haber agotado la prestación por desempleo y los ingresos del solicitante no deben ser mayores al 75% del Salario Mínimo Inteprofesional (SMI). Por tanto, en 2022, como este se sitúa en 1.000 euros mensuales, no se deben tener unas rentas mayores a 750 euros al mes.

En cuanto al tiempo cotizado exigido, para este subsidio en específico de 52 años, se deben de tener más de 15 años cotizados a la Seguridad Social, dos de los cuales deben corresponder a los últimos 15 años.

La carencia de rentas propias es otra condición fundamental porque puede ocurrir que los subsidiarios no ingresan por un trabajo remunerado el SMI pero tienen rentas superiores por una alquiler. Además, se debe seguir siendo demandante de empleo y demostrar que se busca activamente.

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