¿Cuándo prescribe una multa de tráfico? Este es el momento en el que no tienes que pagarla

La DGT y los ayuntamientos cuentan con un plazo determinado para notificar una infracción y efectuar su cobro. De no cumplirlo, no se tendría que pagar la multa.

Cuándo prescribe una multa de tráfico: cumplido este plazo no tendrás que pagarla
Prescripción de las multas de tráfico
Esperanza Murcia

Una multa de tráfico puede prescribir. No es fácil, pues los plazos son amplios, pero puede ocurrir. ¿Qué significa que una sanción prescribe? Que, pasado un determinado periodo de tiempo desde que se impuso, ya no se puede ejecutar el castigo. En este caso, la prescripción es el tiempo que la Dirección General de Tráfico (DGT) o los Ayuntamientos tienen para notificar una infracción y efectuar su cobro después. 

Para saber cuándo prescribe una multa, hay que entender dos conceptos: la prescripción de la notificación y la de la sanción (son distintas). Comenzando por la primera, el plazo es de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las graves y muy graves. En caso de recibir la notificación más tarde, la persona no tendría la obligación de asumir el pago de la multa. Por su parte, respecto a la prescripción de la sanción, las multas caducan pasados cuatro años para las sanciones económicas y un año para el resto. 

En ambos casos, como explican desde Mapfre Motor, el plazo de prescripción se empieza a contar desde el día siguiente en el que la Administración declara firme la multa y la sanción. Explicado de forma más sencilla: si ha pasado un año desde que se inició el procedimiento, sin producirse ninguna sanción, se archivarán las actuaciones sancionadoras. En caso de que sí existiera una sanción económica, desde la administración tendrían 4 años para reclamar la multa. Si esta, la administración, no realizase ninguna acción con el expediente, la multa prescribirá. 

¿Se puede recurrir una multa? 

En caso de no estar de acuerdo con la multa, se puede recurrir. Se tiene un plazo de 20 días naturales para presentar alegaciones al respecto, empezándose a contar desde el día siguiente en que se recibió la notificación. Para ello, se debe presentar un escrito en la Jefatura de Tráfico, alegando los motivos por los que no se está conforme con la sanción. El documento debe incluir los datos personales (incluyendo el DNI), los datos de la denuncia (número de expediente, matrícula del coche y fecha en la que se puso la multa) y las correspondientes alegaciones. 

Hay que recordar que existe una forma para pagar menos dinero a la hora de liquidar la multa: si se realiza el pago durante los primeros 20 días, el importe de la misma se reduce al 50%. No obstante, si se interpuso una alegación, la DGT avisa de que se pierde el derecho a recibir este descuento, por lo que se tendría que pagar el 100%. 

Cómo saber si se tienen multas de la DGT 

En caso de duda, se puede comprobar si se tienen multas accediendo al banco de datos de la DGT. Es lo que se conoce como el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), donde se publican todas las multas en las sección de ‘Trámites y multas’. Se puede realizar la consulta introduciendo el nombre completo, el DNI o la matrícula del vehículo. Otra opción es accediendo a la aplicación para móviles ‘miDGT’, de carácter gratuito. 

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