Quedan dos días para presentar la declaración de la Renta 2020: ¿qué pasa si no la hago?

Esta semana acaba el plazo para presentar la declaración de la Renta 2020, el último día será el miércoles 30 de junio

Campaña Renta 2020
Trinidad Rodríguez

La Campaña de la Renta 2020, correspondiente al ejercicio de ese mismo año, tiene los días contados y exactamente son dos, que comenzarán a contar a partir de este mismo martes hasta mañana miércoles, 30 de junio de 2021

Pero llegados a este punto, a punto de acabar la recta final de la temporada de recaudación tributaria de Hacienda, muchos usuarios se preguntan en estos momentos: ¿qué pasa si presento la Declaración Renta fuera de plazo? Pues depende, sobre todo si se está obligado, ya que  aunque  se puede hacer fuera de plazo, la demora tiene consecuencias como pagar una multa económica o recargo por hacer la renta fuera de plazo.

Además, este año presenta novedades marcadas por la crisis sanitaria del COVID-19, que afecta directamente a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y trabajadores afectados por un ERTE, en los que casi siempre es obligatorio presentar el borrador. 

Consecuencias por presentar tarde la Renta 2020: multas y sanciones

Cuando la declaración de la Renta 2020 sale a pagar y no se presenta antes que acabe el plazo, que arrancó el pasado 7 de abril y acaba el 30 de junio de 2021, habiendo estado en la obligación de hacerlo, la Agencia Tributaria puede iniciar un procedimiento sancionador por medio de un requerimiento. 

En este sentido, si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa dentro de los tres, seis o doce meses siguientes al término del plazo establecido para la presentación e ingreso, el recargo será del 5, 10 o 15 por ciento respectivamente, según se establece en el artículo 27 de la Ley General Tributaria. Además, con más de 12 meses será el 20% de la cantidad ingresada más los intereses de demora.

Agravantes en la declaración de la Renta 2020

La Agencia Tributaria o la AEAT valora agravantes como la ocultación de datos. Por ello, establece las siguientes infracciones:

  • Leve: cuando el resultado de la declaración toque a pagar hasta 3.000 euros o, cuando sea superior, no existe ocultación. En este caso la multa aumentará al 50% sobre la cantidad que se debía pagar inicialmente.
  • Grave: cuando el importe a deber es superior a los 3.000 euros y exista ocultación. La multa en este caso se sitúa entre un 50% y un 100% sobre la cantidad que había que pagar.
  • Muy grave: si Hacienda detecta que se han usado medios fraudulentos o cuando las cantidades que no se hayan pagado representen más de un 50% del importe de la base de la sanción. En este caso la sanción se establece entre un 100% y un 150% sobre el importe que se debía pagar dentro del plazo.

Cómo me afecta el ERTE para la declaración de la Renta 2020

En el caso de trabajadores que han sufrido un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, comúnmente conocido por sus abreviatura como ERTE, durante el año 2020, como cuentan con dos pagadores, empresa y SEPE, y si superan los 14.000 euros anuales y el segundo pagador lo hace por una cantidad superior a los 1.500 euros mensuales estarán obligados a hacer la renta para este ejercicio.

¿Qué pasa si no estoy obligado a presentar la declaración de la Renta y no la presento?

Nada, no habrá consecuencias por parte de la Administración tributaria si no se está obligado a presentar la renta, ya que Hacienda no requiere ni sanciona por ello, pero en cualquier caso conviene presentar la declaración sin estar obligado para poder aplicar deducciones u obtener la devolución de lo retenido. 

Pero, ¿quiénes no están obligados a declarar la renta? En general, no están obligados a declarar los contribuyentes con rentas inferiores o hasta 22.000 euros anuales y siempre que procedan de un solo pagador. 

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