El BOE modifica las condiciones de los ERTE, ahora quedan así

El BOE modifica las condiciones de los ERTE, ahora quedan así
Berta F. Quintanilla

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy un cambio en las condiciones de los ERTE. Los trabajadores en ERTE tendrán hasta el 30 de septiembre unas medidas de protección especial. Esto será más evidente en el caso de que el ERTE esté relacionado con la pandemia del coronavirus.

Estos ERTE derivados del Covid, son considerados ERTE de fuerza mayor y pueden ser ERTE total o ERTE parcial. El BOE crea el llamado ERTE de Transición para las empresas que no han reanudado su actividad.

Otras, sin embargo, poco a poco ya reincorporan trabajadores a sus empleos, e incluso están en condiciones de ofrecer nuevas oportunidades laborales.

Además, contempla un nuevo tipo de ERTE al que podrán acogerse las empresas en el caso de que tengan que cerrar a causa de los rebrotes. Muchas Comunidades Autónomas ya toman medidas para paliar el efecto de la posible segunda oleada del coronavirus.

Una de ellas, el uso obligatorio de la mascarilla que se extiende ahora a espacios abiertos y cerrados.

Empresas en ERTE no pueden contratar

Con estas nuevas condiciones para los ERTE aprobadas y publicadas en el BOE, las empresas que estén en ERTE no podrán contratar trabajadores. Para hacerlo, tienen que justificar la necesidad al Ministerio de Trabajo.

Allí, comprobarán si la necesidad de contratar un empleado por la empresa en ERTE es real o no. Esto se sabría analizando los currículums de los empleados de la empresa. Si hay alguno que se adapte a las necesidades, no hay que presentar vacantes de empleo.

Los trabajadores no podrán hacer horas extra. La Inspección de Trabajo que investiga los ERTE fraudulentos está muy centrada en prevenir esta falta. Especialmente en sectores como el hostelero donde, con la llegada del verano, están incorporándose muchos trabajadores en ERTE.

Compromiso de mantenimiento de empleo en el ERTE durante 6 meses

La prolongación de los ERTE hasta finales de septiembre, contaba con que la empresa en ERTE tenía la obligación de mantener el puesto de trabajo de 6 meses a los empleados. Algo que se mantiene, para proteger a los trabajadores que están en ERTE.

Las empresas con sede en paraísos fiscales no podrán acogerse a estos Expedientes de Regulación de Empleo. Tampoco podrá repartir ganancias, excepto si paga el importe de los beneficios disfrutados.

Estas limitaciones no son aplicables a las empresas en ERTE que a día 29 de enero contasen con menos de 50 trabajadores en la plantilla.

Para la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, este decreto publicado en el BOE es “una forma de reactivación económica y de compromiso con las personas y las empresas”. La importancia de esta medida de prevención de empleos, es la consolidación de la economía en España.

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