Cuando se compra una vivienda, hay que tener en cuenta que puede darse el caso de que, aunque se pase a ser el propietario del terreno, el mismo puede estar gravado con ciertas servidumbres, como por ejemplo una servidumbre de paso a los vecinos o de uso de alguna de las partes. Esto es precisamente lo que descubrió una pareja en Estados Unidos después de comprar su casa: que el terreno tenía una servidumbre a los vecinos que permitía que aparcasen hasta dos coches dentro de su propiedad.
Según la sentencia publicada en Casemine, como nuevos propietarios de la vivienda, intentaron terminar con ese derecho. El problema era que las dos parcelas habían formado parte de una misma propiedad y en la zona situada entre ellas había una parte de aparcamiento compartido.
Cuando se hizo la división de las fincas, la mayor parte del aparcamiento quedó en la parcela que posteriormente compró esta pareja, pero cuando se hicieron las escrituras tras la división, se reconoció el derecho de la vivienda que se había quedado sin zona de aparcamiento a que podía hacerlo con hasta dos vehículos en la otra parcela.
Los vecinos podían aparcar hasta dos coches dentro de la propiedad
El problema llegó a los tribunales, ya que durante el procedimiento se habían producido discusiones por el uso de la zona, amenazas de impedir el estacionamiento e incluso intervenciones policiales.
Los compradores alegaban que ese derecho ya no estaba vigente y no podían seguir aparcando en su propiedad. Entre sus argumentos estaba que posteriormente se había firmado una “liberación parcial” de la servidumbre que, a su juicio, había eliminado ese derecho.
Sin embargo, los tribunales consideraron que dicha liberación no tenía capacidad para acabar con la servidumbre, ya que había sido firmada por una empresa que en ese momento ya no era propietaria de la vivienda, que tenía derecho a utilizar las plazas. Según explica la sentencia, solo el propietario de la finca beneficiada podía renunciar o abandonar ese derecho.
Además, la Justicia determinó que no se trataba de un simple permiso concedido a una persona concreta, sino de una servidumbre vinculada a la propia vivienda vecina, por lo que el derecho de aparcamiento se transmite junto con la propiedad aunque cambien sus propietarios u ocupantes.
Aunque la pareja tiene que permitir que los vecinos aparquen en su terreno, pueden establecer normas razonables sobre cómo debe utilizarse el aparcamiento, siempre que no impidan ejercer el derecho que reconoce la servidumbre.