Son muchas las gestiones que tienen que hacer las futuras madres. Una de las principales es la baja por maternidad, de las que pueden surgir distintas dudas. En primer lugar, se tiene que saber que corresponde a un descanso laboral para madres trabajadoras con el objetivo de garantizar su salud y la del hijo/a durante el embarazo así como después del parto. Ahora, ¿se cotiza para el paro?
Con una duración de 16 semanas, equivalente a 4 meses, seis de ellas son obligatorias. No se puede renunciar a este derecho reconocido tras el nacimiento, adopción, acogida o tutela del menor, por lo que sí cabría preguntarse si la mujer sigue cotizando o no a la Seguridad Social. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha aclarado esta cuestión, avisando de que el período de baja por maternidad se cuenta como periodo de ocupación cotizada.
Es así porque durante este descanso maternal perdura la obligación de cotizar siempre que el contrato de trabajo siga vigente, por lo que las beneficiarias seguirían cotizando a la Seguridad Social lo mismo que estaban cotizando mientras estaban trabajando. Esto se le sumaría a lo acumulado para pedir la prestación por desempleo en caso de que fuera necesario. Asimismo, estas cotizaciones también se tendrían en cuenta cuando llegase el momento de calcular la pensión de jubilación.
Otro aspecto importante que hay que señalar es que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el encargado de pagar la prestación contributiva por maternidad, y no las empresas como se tiende a pensar. Se podría dar el caso en que, con carácter especial, una trabajadora no reuniera el tiempo cotizado mínimo para acceder al permiso por maternidad. En estos casos, se recibiría el subsidio no contributivo por maternidad donde no se acumularía cotizaciones para la pensión de jubilación.
El último de los supuestos que se podría encontrar una futura madre es que se acabara su contrato de trabajo mientras se está de baja por maternidad. En esta situación se cotizaría el tiempo que quede para acabar la baja por maternidad, que también contaría a efectos de acceder a la pensión de jubilación.
Requisitos para solicitar la baja por maternidad
Para solicitar el permiso por maternidad otorgado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) hay que cumplir unos requisitos específicos, entre los que se encuentra el tiempo de cotización mínimo que puede variar dependiendo de la edad. Estas son las condiciones que deben de reunir:
- Estar dada de alta en la Seguridad Social.
- Si es autónoma, tener pagadas todas las cuotas correspondientes a la Seguridad Social.
- Haber cotizado un tiempo mínimo al INSS: si es menor de 21 años no se exige un tiempo mínimo cotizado; si se tiene entre 21 años y 25 años tener 180 días (6 meses) en toda la vida laboral y 90 días dentro de los últimos 70 años anteriores a la solicitud; a partir de 26 años, tener 360 días en toda la vida laboral de la solicitante y 6 meses cotizados en los 7 años anteriores a la solicitud del permiso.
Lo más leído
-
El precio de la luz mañana, 24 de abril de 2024: cuándo es más barata y más cara
-
Ayudas de hasta 2.900 euros para comprar o alquilar una vivienda en estos pueblos
-
La Seguridad Social bajará las pensiones por debajo de las mínimas si se reciben estos ingresos
-
Ofertas de empleo hoy, 23 de abril de 2024: sueldo de 1.500 € y contrato fijo
-
Buenas noticias para las desempleadas: pueden sumar 112 días cotizados si cobran el subsidio para mayores de 52 años