Empleadas del hogar: fecha en la que comenzarán a cobrar el paro

La ministra Yolanda Díaz anuncia que se está negociando en la Mesa de Diálogo la conquista de más derechos laborales para las empleadas del hogar, más allá del paro.

Empleadas del hogar: fecha en la que comenzarán a cobrar el paro
Derechos laborales | Empleadas del hogar
Francisco Miralles

Saltan las alarmas. Hace ya algo más de dos meses desde que el Gobierno anunciara que las trabajadoras domésticas cobrarán la prestación por desempleo por primera vez en la historia. Sin embargo, el éxito de este hito en materia de derechos laborales no radica en el Ejecutivo, si no que viene motivado por una sentencia histórica, pronunciada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que marcará para siempre el futuro de este sector vulnerable a lo largo de la historia.

El TJUE consideró en febrero de este año que nuestro país ‘discrimina a este sector de forma indirezca por razón de sexo’, lo que ha impulsado que España ratifique el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las empleadas del hogar. Así lo anunció la ahora ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. 

Pero lo que todavía nadie sabe es cuándo se empezará a cobrar el paro. A pesar de que se tiene la obligación de cumplir con la sentencia dictada por el TJUE, lo cierto es que a día de hoy ningún organismo público, ni siquiera el Servicio Estatal Público de Empleo, se ha pronunciado al respecto. Sin embargo, ya se sabe algún dato importante al respecto.

Díaz acaba de anunciar en rueda de prensa, coincidiendo con la publicación de los datos del paro correspondientes al mes de mayo, que "se está negociando en la Mesa de Diálogo para la conquista de más derechos para las trabajadoras del hogar y que no se quede simplemente en el Convenio 189 de la OIT". 

Empleadas del hogar: a partir de qué mes se podrá solicitar el paro

El derecho a solicitar la prestación por desempleo para las empleadas del hogar podría llegar a partir de septiembre de este mismo año, esto es, dentro del cuarto trimestre de 2022, aunque todavía a día de hoy no se sabe cuál será la fecha exacta. “Ya está en la antesala del Ministerio de Exteriores para ser dirigido a las Cortes Generales”, anunció la también vicepresidenta del Gobierno de España.

Pero ojo, porque como en todas las normas, siempre hay excepciones. El Servicio Estatal Público de Empleo asegura que, por el momento, solo podrán solicitar la prestación por desempleo aquellas trabajadoras domésticas que hayan estado dadas de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar.

Esto supone un grave problema que afecta de lleno a este colectivo que, por desgracia, no suelen tener un contrato de trabajo firmado, por lo que muchas personas quedarán fuera.

Requisitos para pedir el paro 

  • Tener cotizados al menos 360 días durante los seis años anteriores a la situación de desempleo, es decir, desde que se perdió el trabajo. 
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento en que se pierde el puesto.
  • Estar dado de alta como demandante de empleo.
  • Encontrarse en situación de desempleo por haber sufrido un despido, haber finalizado el contrato o haber sufrido una reducción de jornada de más de un tercio de la duración inicial. No es válido para la baja voluntaria.
  • No tener 65 años o más, ya que entonces se tendría que solicitar la pensión de jubilación. 
  • No estar cobrando una pensión de la Seguridad Social incompatible con el cobro de la prestación por desempleo. 

Por otro lado, otro aspecto relevante es que las empleadas del hogar tienen el mismo derecho a cobrar la paga extra al igual que el resto de trabajadores, ya sea de forma prorrateada, esto es, integrada de forma mensual o bien mediante el sistema convencional, con 2 pagas extras.

Una en junio y otra en diciembre. En términos generales, debe ser igual a la nómina que está cotizando con respecto al resto de meses, sin incluir ningún descuento de cotización. Estas son las tablas salariales actualizadas para este año. En cualquier caso, el salario a jornada completa nunca podrá ser inferior al SMI, ahora marcado en los 1.000 euros brutos al año. 

Bandas salariales

  • 40 horas semanales: 1.166,66 euros  
  • 35 horas semanales: 1.094,80 euros
  • 30 horas semanales: 938,40 euros
  • 25 horas semanales:782,00 euros
  • 20 horas semanales: 625,60 euros  
  • 15 horas semanales: 469,20 euros     
  • 10 horas semanales: 312,80 euros     
  • 5 horas semanales: 156,40 euros 
  • 1 hora semanal: 31,28 euros

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