El grupo de países que componen los Veintisiete, en la Comisión Europea, han dado el visto bueno a la reforma de la normativa que coordina los sistemas de la Seguridad Social de la UE cuando una persona vive o trabaja en más de un Estado miembro y apunta, entre otras modificaciones, que el país en el que se haya trabajado durante por lo menos 22 semanas tendrá que asumir el pago del paro en algunos de estos casos transfronterizos.
En el nuevo texto se amplía de 3 a 6 meses el periodo en el que una persona desempleada podrá continuar cobrando la prestación de su país al marcharse a otro para buscar trabajo. El documento explica que la administración tendrá que responsabilizarse de las prestaciones familiares y de las que están destinadas a personas que necesitan asistencia durante un periodo de tiempo largo e interviene más de un país.
También contempla las ayudas sociales a los ciudadanos de la Unión Europea que no están trabajando. Según contempla Europa Press, que ha accedido a este documento, hay un cambio que afecta a los trabajadores que una empresa ‘manda’ a trabajar a un estado miembro de forma temporal así como a los que desarrollan su actividad en varios países con nuevas disposiciones para determinar qué normativa de la Seguridad Social hay que aplicar.
Las empresas tendrán que informar cuando uno de sus trabajadores deba cambiar de país
Cuando se hace referencia a los desplazamientos laborales, en esta nueva norma de la UE se contempla que las empresas tendrán que informar con carácter general a las diferentes administraciones en el momento en que uno de sus trabajadores debe salir del país a otro. La obligación no contempla las salidas de hasta 3 días dentro de un periodo de 30 días y en sectores específicos como en el de la construcción, serán más estrictos.
En el caso en que una empresa no cumpla con lo establecido, esta reforma contempla sanciones ante incumplimientos y cambios en el criterio para determinar cuándo una persona está trabajando en distintos Estados miembro reforzando el intercambio de información entre las administraciones.
No se van a cambiar las prestaciones ni el sistema de la Seguridad Social
El CE ha explicado en un comunicado que las nuevas disposiciones no modifican los sistemas nacionales de la Seguridad Social y tampoco las prestaciones que oferta cada Estado, porque esto sigue siendo competencia de los gobiernos de cada país.
Donde sí entra es en el modo en que se coordinan cuando un ciudadano se desplaza dentro de la UE. Las autoridades del país van a seguir decidiendo quién va a recibir las prestaciones, a quienes cubren, los requisitos de las mismas o las cuantías. Luego, cuando el trabajador o el beneficiario sale de las fronteras españolas, es el turno de la UE que se hace cargo del modo de coordinarlas.
Una vez firmado este acuerdo, los Veintisiete ya dan por cerrada la reforma que se pactó con la Eurocámara el pasado abril después de varios años negociando. Una vez que se publique en el Diario Oficial de la UE, este reglamento entrará en vigor.

