Seguir

La Seguridad Social le exige devolver 1.916 euros del Ingreso Mínimo Vital por unos ingresos "inventados" y la justicia lo anula

El tribunal tumba la deuda porque el ciudadano no tuvo más ingresos y ya había devuelto el dinero de la ayuda autonómica.

cartel de una oficina de la Seguridad Social
El INSS pretendía cobrar una deuda basada en simples estimaciones, las cuales no se pudo comprobar en juicio |IStock
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dado la razón a un hombre al cual, la Seguridad Social le había reclamado la devolución de 1.916,62 euros del Ingreso Mínimo Vital al entender que durante el año 2021 había cobrado de más al imputarle unos ingresos extras que no existían

Según relata la sentencia, el hombre llevaba desde 2019 sin poder trabajar. Para tener un mínimo de ingresos y sobrevivir, cobraba la Renta Garantizada de Ciudadanía que le abonaba la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. Todo era correcto hasta que el 1 de junio de 2020, la Seguridad Social le reconoció el derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital, lo que provocó una “duplicidad de pagadores”.

La Seguridad Social, al darse cuenta de que estaba cobrando ambas ayudas a la vez (al ser incompatibles en su cuantía total), la Gerencia de Servicios Sociales le exigió devolver casi 4.000 euros. En mayo de 2021, el hombre actuó de buena fe y "realizó el reintegro de la cantidad reclamada" de forma totalmente voluntaria.

Sin embargo, y a pesar de abonar la deuda, en abril de 2024, el INSS dictó una resolución donde afirmaba que el ciudadano había percibido de forma indebida el Ingreso Mínimo Vital en el año 2022 y decidió aplicarle un “descuento mensual sobre la cuantía de su prestación de 422,95 euros durante un periodo de 4 meses” para cobrarse así cobrarse la deuda.

La Seguridad Social alegó para hacer este cobro es que, según sus propios cálculos, al hombre se le debían computar unos supuestos ingresos de 2.300 euros en 2021. El beneficiario acudió a los tribunales, ya que no estaba de acuerdo con esta invención del INSS, y el Juzgado de lo Social nº 1 de Palencia le dio la razón en una primera instancia.

Sin pruebas reales de los supuestos ingresos

El INSS decidió llevarlo al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León tras perder en primera instancia, donde nuevamente han dado la razón al ciudadano. El fallo (que se puede leer en este enlace) explica que ha quedado totalmente demostrado por el primer juez que el actor “en el año 2021 y 2022 no tuvo ningún otro ingreso que las prestaciones referidas”.

Es decir, que la Seguridad Social no aportó ninguna prueba real durante el juicio de dónde salían esos 2.300 euros que le achacaban, ni pidió cambiar formalmente los hechos que se habían dado por ciertos. Por eso el tribunal dice que la reclamación de la administración se basa únicamente en “una remisión genérica a la información de la agencia tributaria sin haberse instado la revisión de los hechos probados”.

Varios billetes de euro
El tribunal termina diciendo que la reclamación del INSS “carece de sustrato fáctico” al no poder demostrar de dónde salían los ingresos imputados

El tribunal es tajante al señalar que el recurso de las entidades gestoras "carece de sustrato fáctico". En otras palabras, que no tiene ninguna base, prueba o fundamento real para justificar el recorte de la ayuda.

La reclamación del INSS se amparaba en el régimen de la ley del Ingreso Mínimo Vital, donde se establece la obligación de los perceptores de "reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas". No obstante, el tribunal determina que, dado que el hombre no tuvo ingresos extra y ya había devuelto la primera ayuda autonómica, no hay ninguna percepción indebida nueva que deba pagar.

De esta forma, la justicia termina concluyendo que el primer juez aplicó correctamente el derecho y desestima el recurso de la Seguridad Social. Por todo, el TSJ ordena frenar el descuento mensual en su ayuda y eximirle de la devolución de los 1.916,62 euros que le exigían.