El Ministerio de Hacienda ha aprobado mantener para 2027 la reducción del 5% en el IRPF de los autónomos que tributan por módulos, al tiempo que ha introducido nuevas medidas fiscales para agricultores y ganaderos. La decisión ha quedado publicada este mismo jueves, 5 de noviembre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), mediante una orden que también contempla rebajas extraordinarias para compensar el encarecimiento del gasóleo agrícola y los fertilizantes durante 2026.
Las explotaciones agrarias que estén acogidas a este sistema van a poder reducir su rendimiento neto previo en una cantidad equivalente al 35% del gasto en gasóleo agrícola y al 15% del destinado a fertilizantes. Además, Hacienda ha subido del 5% al 10% la reducción general aplicable a estos contribuyentes en el ejercicio 2026.
Según las estimaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, recogidas por Europa Press, estas medidas beneficiarán a unos 800.000 agricultores y ganaderos y supondrán una reducción de la base imponible del IRPF de aproximadamente 860 millones de euros.
Los autónomos que tributan por módulos conservarán la reducción del 5% en 2027
En la nueva orden publicada se mantienen para el próximo ejercicio 2027 los índices y módulos con los que estos autónomos calculan los rendimientos de determinadas actividades económicas, así como las instrucciones para aplicarlos.
Con este sistema, algunos trabajadores por cuenta propia pueden calcular sus rendimientos fiscales a partir de parámetros relacionados con su actividad, como el número de empleados, la superficie del establecimiento o el consumo eléctrico, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Entre los sectores que pueden acogerse a este régimen figuran determinadas actividades del comercio minorista, la hostelería, el transporte, las peluquerías y las explotaciones agrícolas y ganaderas.
Para todos ellos, Hacienda conserva la reducción del 5% sobre el rendimiento neto calculado mediante módulos durante 2027. Esta rebaja también se tendrá en cuenta a la hora de determinar los pagos fraccionados del impuesto.
La orden tampoco introduce cambios generales en los módulos del régimen especial simplificado del IVA, que mantendrán las cuantías y las reglas de aplicación del ejercicio anterior.
Las rebajas para agricultores y ganaderos se aplicarán a los gastos de 2026
La principal novedad de la norma afecta al sector agrario, para el que Hacienda ha aprobado algunas medidas que permitirán reducir el impacto del aumento de los costes de producción, especialmente del combustible y los fertilizantes, vinculado al conflicto en Oriente Medio.
Los profesionales de este sector que tributen por este sistema de estimación objetiva podrán descontar de su rendimiento neto previo una cantidad equivalente al 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y al 15% del coste de los fertilizantes necesarios para desarrollar su actividad.
Para ello, es necesario que las compras se hayan hecho durante el 2026 y que estén justidificadas mediante las correspondientes facturas, que cumplan además con los requisitos establecidos en la normativa de facturación.
A estas reducciones se suma el incremento al 10% de la rebaja general del rendimiento neto de módulos para las actividades agrícolas y ganaderas correspondientes a 2026.
Hasta el 31 de diciembre para renunciar al sistema de módulos de 2027
La orden también establece los plazos para los contribuyentes que quieran abandonar el sistema de módulos o volver a acogerse a él durante 2027. Según recoge el BOE, el periodo para comunicar la renuncia o revocar una renuncia anterior comienza el 6 de noviembre de 2026 y termina el 31 de diciembre. Este calendario se aplica tanto al método de estimación objetiva del IRPF como al régimen especial simplificado del IVA.
La normativa también permite formalizar la renuncia mediante la presentación, dentro del plazo correspondiente, de la declaración del primer trimestre de 2027 conforme al sistema de estimación directa en el IRPF o al régimen general del IVA, según corresponda.

