A los jubilados que cobren el complemento a mínimos les pueden exigir que devuelvan parte si no se les descontó la pensión que reciben de otro país

La Seguridad Social reclamó a una jubilada devolver 2.643,93 euros por cobrar una pensión suiza de menos de 2.000 euros.

Mujer triste |Envato
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Cuando una pensión de jubilación (o cualquier otra contributiva) no llega a la pensión mínima fijada cada año, la Seguridad Social añade el complemento a mínimos para alcanzar esa cuantía mínima. Para calcularlo, se suman todas las pensiones que cobra el pensionista, incluidas las de otros países. Además, para cobrar y mantener este complemento es necesario no superar un límite de ingresos.

Así lo establece el artículo 59 de la Ley General de la Seguridad Social (consultable directamente en este BOE), donde señala que, además de residir en España, es necesario no tener ingresos superiores al límite fijado cada año, que para 2026 es de 9.442 euros. En estos ingresos no se tiene en cuenta la pensión principal, es decir, la que se complementa.

La Seguridad Social avisa en su página web de que aquellos pensionistas que superen este límite deben comunicarlo en el plazo de un mes, ya que este no es un complemento consolidable y se revisa de forma anual. Si se supera, las cantidades del complemento cobradas ese año se consideran indebidas y hay que devolverlas.

Pero el límite de ingresos no es lo único que se revisa. Las pensiones de otros países también rebajan el complemento, y esto es precisamente lo que le ha pasado a una jubilada de Lugo, la cual tiene que devolver 2.643,93 euros de complemento porque su pensión suiza reducía la cantidad a la que tenía derecho, según recoge la sentencia a la que tuvo acceso NoticiasTrabajo.

Una pensión española de 126,84 euros y otra suiza

La mujer cobraba desde abril de 2019 una pensión de jubilación calculada sobre lo cotizado en España, es decir, un 60,30% debido al convenio entre España y Suiza. Esto eran 126,84 euros al mes, que se completaban con 382,30 euros mensuales de complemento a mínimos. A su vez, cobraba una pensión de Suiza de 1.661,13 euros al año en 2021 y 1.824,08 euros en 2023.

Al revisar sus ingresos, la Seguridad Social comprobó que el complemento no descontaba la pensión suiza, por lo que se lo rebajó y le pidió que devolviera las cantidades cobradas de más, que finalmente quedaron en 2.643,93 euros. En los tribunales, el Juzgado de lo Social número 2 de Lugo anuló esa deuda al entender que, por tratarse de una pensión anterior a 2021, tenía el complemento consolidado.

Cuenta lo que se cobra de fuera, aunque sea poco

La Seguridad Social recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que le dio la razón y ordenó devolver el complemento a mínimos cobrado indebidamente, ya que, según recuerda, los complementos por mínimos “no tienen carácter consolidable” y dependen de los ingresos de cada año, por lo que hay que computar todas las prestaciones de la pensionista, incluidas las del otro país por lo cotizado allí.

Los magistrados se apoyan en la sentencia del Tribunal Supremo 728/2019, la cual explica que dejar fuera las pensiones extranjeras daría un trato desigual frente a quienes cobran una pensión similar en España. El tribunal reconoció que la jubilada tenía derecho al complemento, pero en una cuantía menor, por lo que debía devolver la diferencia.

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