Guía para declaración de la Renta 2022: calendario y cómo pedir el borrador online

Guía completa para el borrador de la Renta 2022: cómo solicitar el borrador, información que incluye, cómo se rellena y plazos para presentarlo a Hacienda.

Guía completa del borrador de la Renta 2021: cómo solicitarlo
Cómo solicitar el borrador de la Renta Envato
Esperanza Murcia

Esta semana comienza la Campaña de la Renta. Dependiendo del método que se escoja (internet, por teléfono o presencialmente), se podrá presentar la declaración en un plazo u otro, inaugurando el calendario las declaraciones que se realizan a través de internet. Lo que sí tienen todas en común es la obtención del borrador de la Renta, trámite necesario para rendir cuentas a Hacienda.

Se trata de un documento que facilita todos los años la Agencia Tributaria y que recoge las fuentes de renta (ingresos) más habituales. Según el origen de las mismas, se establecen las siguientes categorías:

  • Rendimientos del trabajo: sueldos de los trabajadores, pensiones o prestaciones por desempleo, entre otros.
  • Rendimiento del capital mobiliario y de ganancias patrimoniales.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, Letras del Tesoro o subvenciones.

Con estos datos, se confecciona un borrador que se puede modificar en caso de que hubiera algún error o faltase información. A tener en cuenta es que el de esta campaña recibe el nombre de “Borrador 2021”, ya que toca presentar los ingresos del ejercicio del año pasado. Dicho esto, a continuación se explican los pasos para solicitarlo.

Cómo solicitar el borrador de la Renta

Antes de obtener el borrador de la Renta, es necesario registrarse en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria con alguno de estos sistemas: Cl@ve PIN, certificado o DNI electrónico y número de referencia (se puede obtener pulsando sobre el enlace anterior). Hay que tener en cuenta que, como el plazo se abre el próximo 6 de abril, puede que la opción no esté habilitada hasta tal fecha. No obstante, estos son los pasos:

  • Entrar en el apartado de la Campaña de la Renta, disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (también se puede acceder mediante su aplicación para móviles). 
  • En el apartado de la Campaña de la Renta, pulsar en “Servicio de tramitación de borrador/declaración. Renta WEB”, donde se obtiene el borrador.  
  • Registrarse con alguno de los sistemas citados. En caso de que sea la primera vez que se accede al servicio, se mostrarán los datos identificativos. Habrá que revisarlos cuidadosamente. Si, por el contrario, se ha accedido antes al borrador, se podrá seguir por donde se quedó la última vez. 
  • Pulsar en “Confirmar” o “Modificar”, dependiendo de si está lista para presentar o hay que corregir algún dato. 

Cómo rellenar el borrador de la declaración de la Renta

Principalmente, el borrador de la declaración de la Renta se estructura en tres partes. En la primera de ellas, correspondiendo a la primera pantalla que se muestra, aparecen los datos personales del contribuyente. Por ello, hay que revisarlos al detalle y ver si hay que actualizarlos o modificarlos, visitando cada pestaña, ya que en caso de error se podría recibir alguna multa de Hacienda (como es el caso de que se recoja un domicilio fiscal distinto). 

A continuación, se mostrará un resumen de resultados, para comprobar que toda la información es correcta. Por último, ya se podría presentar la declaración. En caso de que el resultado sea negativo, Hacienda procederá a la devolución del dinero, mientras que si es positiva, se tendrá que ingresar la cuantía que se refleje en los plazos estimados. En este sentido, se puede utilizar el simulador de la Agencia Tributaria para adelantarse al resultado y verificar si se puede presentar de otra forma (añadiendo por ejemplo deducciones) para mejorar el mismo. 

Cuándo se presenta el borrador de la renta 2022 

Para presentar el borrador de la declaración de la Renta, estas son las fechas que ha publicado Hacienda para la campaña: 

  • Del 6 de abril al 30 de junio: entrega de las declaraciones por internet. Es el método más usado y no necesita de cita previa. 
  • Del 5 de mayo al 30 de junio: se podrán confeccionar las declaraciones por teléfono, con la ayuda del personal de la Agencia Tributaria. Para ello se necesita cita previa,  pudiendo pedirla desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio.
  • Del 1 al 30 de junio: plazo para presentar las declaraciones de forma presencial en las oficinas de Hacienda. También se necesita previa, pudiendo realizar la solicitud de cita desde el 26 de mayo hasta el 29 de junio.

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