Una mujer que trabajaba como limpiadora ha logrado que le reconozcan su derecho a cobrar la pensión por incapacidad permanente absoluta por parte del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) después de que la Seguridad Social se la denegara. El INSS consideraba que su trastorno psíquico no le impedía trabajar al no existir deterioro cognitivo. El abogado Daniel Díaz Braojos, del despacho Legalión Abogados, ha sido el encargado de defender a esta trabajadora.
A pesar de que el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) denegó la incapacidad permanente, el Tribunal entiende que su cuadro, el cuadro físico y psiquiátrico de la trabajadora, le hacía imposible desarrollar cualquier tipo de profesión con un mínimo de efectividad.
El INSS le denegó la incapacidad permanente pese a tener un 60,5% de discapacidad
Según relata la sentencia facilitada a NoticiasTrabajo, la trabajadora sufría un desgaste físico por su trabajo, el cual se volvió insostenible cuando se sumaron estas dolencias. De hecho, la trabajadora ya tenía reconocido un grado de discapacidad del 60,5% desde el año 2018.
A dicha discapacidad se sumó una pluripatología (dos o más enfermedades al mismo tiempo). Por la parte física, sufría de sordera severa, artrosis cervical, dolor lumbar y una hernia discal, a lo que añadir la necesidad de tener que usar muleta para caminar.
Pero su situación siguió agravándose debido a su salud mental, pues los médicos le diagnosticaron un trastorno de estrés postraumático cronificado y un trastorno depresivo con predominio ansioso. Tal y como explican desde Legalión Abogados, la trabajadora tenía “un tratamiento prolongado, varias tentativas de suicidio, ingresos en unidades de psiquiatría y la persistencia de ideas suicidas”.
En momento más clave llegó cuando, tras sufrir una caída, tuvo que iniciar una baja médica por incapacidad temporal en junio de 2024. Al agotar los 545 días de la incapacidad temporal (la duración máxima), la Seguridad Social la propuso para reconocerle la incapacidad permanente, pero esta fue denegada.
El Equipo de Valoración de Incapacidades (más conocido como tribunal médico) alegó que la trabajadora no tenía “daño intelectual” y que sus problemas emocionales no le impedían trabajar como limpiadora en “entornos sin estrés”.
La trabajadora no conforme decidió presentar una reclamación a la Seguridad Social con la ayuda del abogado Daniel Díaz Braojos, la cual fue nuevamente rechazada, por lo que acudieron a los tribunales.
La Justicia le concede la incapacidad absoluta para cualquier profesión
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco le ha reconocido la pensión de incapacidad permanente absoluta, dado que sus dolencias le impedían realizar cualquier tipo de trabajo. “Cuando concurren varias patologías la capacidad laboral se valora en conjunto, y la ausencia de deterioro cognitivo no degrada por sí sola la severidad de un trastorno afectivo”, explica el abogado.
Los magistrados del TSJ entendieron que tanto los problemas físicos como psicológicos de la trabajadora no podían separarse. Por eso, la Sala dictaminó que pretender que volviera al mercado laboral con un rendimiento mínimo exigible era algo totalmente “ilusorio” dado su deterioro físico y mental.
De este modo, el TSJ reconoce su derecho a percibir la pensión de incapacidad permanente absoluta para la trabajadora, por la que cobrará el 100% de la base reguladora fijada en los 1.129,50 euros al mes.
“Una litigiosidad creciente por problemas de salud mental” señala el letrado Díaz quien reconoce que la Seguridad Social debe de fijar criterios claros para no obligar a los enfermos a tener que ir a los tribunales.