Estos son los autónomos que pueden deducirse el IVA en gasolina

Con la declaración de la Renta a la vuelta de la esquina, los autónomos podrán deducirse el 50% o el 100% del IVA en combustible frente a la Seguridad Social .

Los autónomos podrán deducir el 50% o el 100% del IVA en la próxima declaración de la Renta.
Isabel Gómez

Llega el 6 de abril y con él arranca el periodo de declaración de la Renta 2022, de acuerdo al ejercicio económico de 2021. Los autónomos empiezan a recopilar facturas guardadas durante todo el año. Como cada año, los trabajadores por cuenta propia deben sentarse y pensar qué es lo que pueden deducirse para presentar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Y es que no hay que pasar por alto que esta modalidad de trabajadores por cuenta propia son personas físicas y no jurídicas en cuanto al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. 

Deducir impuestos, concretamente el IVA, es uno de los grandes ejercicios antes de presentar la Renta. En el momento actual, en España se vive una situación especial, ya que los precios de la gasolina han sufrido un potencial aumento derivado por la Guerra de Ucrania y el plan de choque por el Gobierno para hacer frente al momento económico actual.

Con la bajada del 20% en el recibo de la gasolina y el precio del gasoil a un precio más elevado que la gasolina, algo inaudito desde hace varias décadas, los autónomos buscan las fórmulas más eficaces para deducirse el IVA en la próxima Renta. 

¿Qué autónomos pueden deducirse el IVA en gasolina?

Al comienzo del proceso, los trabajadores autónomos deben tener en cuenta tres requisitos para que cualquier factura derivada de la adquisición de combustible se considere deducible. En primer lugar, que el gasto en combustible esté relacionado con la actividad del autónomo. En segundo punto, que el gasto se justifique debidamente a través de recibos y facturas. Por último, que el gasto esté registrado en la contabilidad del negocio.

Si no se cumple alguno de los requisitos anteriores, los trabajadores por cuenta propia no podrán deducirse el gasto de gasolina o diesel dentro de la declaración de la Renta. Actualmente, existen dos vertientes de deducción del IVA: aquellos autónomos que pueden deducirse el 50% de la factura y los que se pueden deducir el 100%. 

Por regla general, la población activa en régimen de autónomos se deducirán el 50% del IVA en gasolina. A continuación, se detallan cuáles son los requisitos para deducir el 100% de las facturas y recibos del ejercicio anterior:

  • Contar con un vehículo destinado tanto al transporte de personas como de mercancías.
  • Usar el vehículo para la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación. 
  • Usar el vehículo para la realización de pruebas o promociones.
  • Usar el vehículo para realizar vigilancias.

Por otro lado, la deducción del IRPF derivado del combustible es mucho más complicada y está reservada a los profesionales del transporte o la conducción, en tanto que deben cumplirse una serie de supuestos para poder incluir el IRPF de la factura en la declaración del autónomo:

  • Transporte de viajeros. 
  • Transporte de mercancías.
  • Enseñanza a otros conductores.
  • Transporte de agentes comerciales.

¿Cómo demostrar que utilizo mi vehículo para mi actividad como autónomo?

Para poder deducir el IVA, los autónomos deben pedir la factura en todos los repostajes que hagan con su coche de empresa o el que utilicen para la actividad empresarial o profesional a la que se dediquen. Es necesario que estén todos los recibos justificados. Después, deben llevar un registro contable de esa factura donde aparezca la contabilidad con sus correspondientes asientos. Así, cuando se presente la declaración trimestral del IVA, el autónomo desgravará el combustible como IVA soportado.

Los requisitos mencionados tienen algunos matices en los que hay que hacer porque hay que completarlos. El fin es que el Fisco se asegure de que la declaración del gasto en combustible es legítima. Para ello, hay que llevar un registro de los kilómetros, conservar los presupuestos que se firmen con los clientes, conservar las facturas de los servicios realizados a clientes firmadas por ellos y, además, conservar los emails en los que se concrete el calendario de citas con los clientes.

Según la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP), el IVA está fijado en el 21% y representa aproximadamente el 18% del precio total de cada litro.

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