El complemento de hasta 100 euros que puedes cobrar extra con el Ingreso Mínimo Vital

Con el complemento a la infancia los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) pueden cobrar hasta 100 euros más al mes. Estos son los requisitos para recibirlo.

Así puedes cobrar hasta 100 euros más en el IMV
Complemento a la infancia en el IMV
Esperanza Murcia

Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) pueden cobrar hasta 100 euros más al mes en la prestación. Se trata del complemento a la infancia y fue la principal novedad que implantó la Seguridad Social este 2022. Su objetivo es ofrecer un plus económico a aquellas familias vulnerables con carencias de ingresos que tienen menores de edad a su cargo. De ese modo, se pretende combatir la pobreza infantil. 

Como cabe pensar, para cobrar este complemento se tiene que ser beneficiario del IMV, aunque hay otros requisitos que se deben de cumplir, como informa la Revista de la Seguridad Social: la unidad de convivencia no puede superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para esta ayuda (en esta guía del nuevo complemento, elaborada por el INSS, se pueden consultar ambos límites). 

Además, no se puede superar 6 veces la renta garantizada de un adulto, o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia, según se establece en el Anexo III de la Ley 19/2021 correspondiente al Ingreso Mínimo Vital, que se encuentra publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Aquí se muestra la tabla, tal como se recoge en la legislación, para poder comprobarlo. 

Complemento a la infancia en el IMV

Hay que recordar que no hace falta solicitar el complemento a la infancia si se cumplen las siguientes situaciones: 

  • Se recibe el IMV.
  • Se ha solicitado y está en trámite.
  • Se es beneficiario de la prestación de protección familiar y se cumplen los requisitos (asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% si la unidad de convivencia no ha cambiado). No obstante, no se pueden cobrar ambas ayudas, teniendo que elegir una.  

En todos estos supuestos, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) concede de forma automática el complemento, sin que se tenga que pedir específicamente. En caso de que se cumplan con todos los requisitos y no se esté cobrando ninguna ayuda, se tendría que solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Al pulsar sobre el enlace anterior, se puede encontrar una guía con el paso a paso para rellenar el formulario.

Cuantías del complemento a la infancia 

Por el complemento a la infancia se cobra una cuantía mensual que se añade al Ingreso Mínimo Vital (IMV). La cantidad extra que se recibe mensualmente depende de la edad del menor o menores que se tenga a cargo, variando el importe desde los 50 hasta los 100 euros. Cabe señalar que se fija la edad que tengan los menores de la unidad de convivencia el 1 de enero de cada año. Según su edad, así son las cuantías:                                                                                                                             

  • Mayores de 6 años y menores de 18 años: 50 euros.  
  • Mayores de 3 años y menores de 6 años: 70 euros.    
  • Menores de 3 años: 100 euros.    

Cómo saber si se puede cobrar el nuevo complemento 

Aunque se han expuesto los requisitos necesarios para cobrar el nuevo complemento a la infancia, con efectos económicos desde el 1 de febrero de este año, hay otra forma para saber si se tiene derecho a cobrarlo. Se puede utilizar el mismo simulador de la Seguridad Social que se tiene habilitado para conocer si se puede cobrar el IMV. Solo hay que responder a las preguntas que aparecen en pantalla y el servicio indicará si se puede cobrar tanto la prestación como este complemento, por el que se puede recibir hasta 100 euros más al mes. 

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