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Las pensiones mínimas y no contributivas tendrán en 2027 una subida extra por ley, además del IPC

En 2027, la pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo podría pasar de los 1.256,60 a unos 1.433 euros al mes, si tenemos en cuenta la revalorización de la reforma y el último dato de pobreza del INE.

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno |Europa Press
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

La pensión mínima es el importe que fija la ley como suelo para quienes cobran una pensión contributiva (como la de jubilación, viudedad o incapacidad), y la Seguridad Social la completa cuando no llegan a esa cantidad. A partir del 1 de enero de 2027 las pensiones mínimas y las no contributivas (las que cobran quienes no han cotizado lo suficiente y tienen pocos ingresos) se revalorizarán por encima del resto, siendo este el último escalón de la reforma que empezó en 2023 y que vincula su subida al umbral de la pobreza y a la inflación.

Así lo establece la disposición adicional quincuagésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social (se puede consultar en este enlace del BOE), que añadió el Real Decreto-ley 2/2023. La norma recoge que, desde 2027, la mínima de jubilación con un titular mayor de 65 años con cónyuge a cargo “no podrá ser inferior al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos”, mientras que en las pensiones no contributivas se toma como referencia “el 75% del umbral de una persona que vive sola”.

Para llegar hasta ahí, cada 1 de enero esa mínima sube con el IPC y, además, lo necesario para recortar la distancia con el umbral un 20% en 2024, un 30% en 2025 y un 50% en 2026, hasta alcanzarlo en 2027 “si ello fuese necesario”. En el caso de las pensiones mínimas de viudedad con cargas familiares y demás mínimas con cónyuge a cargo, se igualan a esta (salvo la incapacidad permanente total de menores de 60 años y la gran invalidez, que cobra un 50 % más). Por otro lado, el resto de pensiones mínimas solo recibirán la mitad de dicha subida.

Dos pensionistas hablando durante una manifestación en defensa de las pensiones
Dos pensionistas hablando durante una manifestación en defensa de las pensiones | Europa Press

De esta forma, en 2026 la mínima con cónyuge a cargo subió un 11,4 %, hasta los 1.256,60 euros al mes, y la unipersonal un 7,07 %, según el Real Decreto 241/2026, cuando la revalorización general fue del 2,7 %. En el momento de aprobarse la reforma en marzo de 2023, se hablaba de que el incremento sería de un 2% adicional, pero en verdad la subida que se registró en 2026 de la mínima con cónyuge a cargo fue del 8,5%, por encima de su revalorización.

La mínima con cónyuge a cargo rondaría los 1.433 euros en 2027

Para calcularlo, la ley toma el umbral de una persona sola de la última Encuesta de Condiciones de Vida del INE (12.220,40 euros en 2025, según recoge esta tabla), lo multiplica por 1,5 y lo actualiza hasta el año de aplicación con el crecimiento medio de los últimos ocho años, que ha sido del 4,6 % anual. Si tomamos dichos datos, el umbral para 2027 se situaría aproximadamente en los 20.059 euros al año (1.433 euros al mes en 14 pagas), una mejora de unos 176 euros por encima de la cuantía actual.

Esta es una estimación estimada de NoticiasTrabajo, aunque el mismo método aplicado a 2026 reproduce las cuantías que aprobó el Gobierno con una diferencia inferior al 0,1%. Dado que la mínima al final debe alcanzar ese umbral, su subida no depende del IPC, ya que solo decide qué parte de la subida es por la inflación y qué parte es por la revalorización.

Pensión2026 (euros al mes)2027 estimada (euros al mes, aprox.)Subida
Mínima de jubilación con cónyuge a cargo (65 años o más)1.256,601.43314 %
Mínima de jubilación unipersonal (65 años o más)936,201.0188,8 %
No contributiva íntegra628,8071613,9 %

La unipersonal sí varía con la inflación, ya que recibe la mitad del extra sobre su propia revalorización. Si se cumplen las previsiones de Funcas, la revalorización sería del 3,5% para este otoño (publicadas el 15 de septiembre), y si tenemos en cuenta la media actual del 3,16%, esta se quedaría en unos 1.017 euros.

La subida definitiva depende todavía del IPC y de un real decreto

La revalorización general sigue el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social, que la calcula con la media de las tasas interanuales del IPC de diciembre a noviembre. Aunque la inflación se situó en agosto en el 4,3% (según su última nota), la media acumulada hasta ese momento era de 3,15% (según los cálculos hechos por NoticiasTrabajo). Aun así, hay que esperar a los últimos datos (septiembre, octubre y noviembre) para tener el porcentaje final.

Las cuantías exactas necesitan además una norma cada año, y en 2026 el Congreso no convalidó el primer real decreto-ley (el 16/2025), por lo que el Gobierno tuvo que aprobar otro, el Real Decreto-ley 3/2026, que volvió a recoger la subida (algo similar a lo que pasó en 2025 con el famoso decreto omnibus).

Pensionista paseando
Pensionista paseando | Europa Press

No todos los que cobran una pensión por debajo de la mínima tienen derecho al complemento a mínimos, ya que exige no superar un límite de ingresos. En 2026, son de 9.442 euros al año sin cónyuge a cargo y de 11.013 euros con cónyuge a cargo (según recoge la web de la Seguridad Social). Quien lo supera y prevé que lo pueda hacer debe comunicarlo al INSS.

En la contributiva pasa más o menos lo mismo, pero en este caso se revisa con los ingresos del hogar, y la comunidad autónoma es la que lo revisa (el Imserso en Ceuta y Melilla), la cual puede reclamar lo cobrado de más, como les puede ocurrir a los jubilados cuyos ingresos sumados a los de su pareja superan el límite legal.