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Paga 1.300 euros por una casa con humedades que la casera no arregla, deja de pagar y acaba en un desahucio: debía abonar las rentas pese a las condiciones “nada aceptables”

Aunque la propietaria incumplió la obligación de mantener la vivienda, la inquilina no podía dejar de pagar unilateralmente mientras siguiera ocupando la vivienda.

El techo de una vivienda con humedades
El techo de una vivienda con humedades |Envato
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:

La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado que una inquilina tenía que seguir pagando los 1.300 euros mensuales de alquiler aunque la vivienda presentaba humedades y filtraciones y la propietaria había incumplido su obligación de mantenerla en condiciones adecuadas. La mujer vivía en la casa con sus hijos y la propia sentencia reconoce que permanecieron allí en unas condiciones “nada aceptables”.

Según se recoge en la sentencia de marzo de 2026, la inquilina dejó de pagar varios meses el alquiler porque consideraba que las humedades y filtraciones impedían utilizar la vivienda en unas condiciones mínimas de salubridad y habitabilidad. En un procedimiento anterior, la casera le puso una demanda de desahucio por impago donde fue condenada a abonar las rentas pendientes, y después de pagarlas reclamó a la propietaria que le devolviera las rentas de 7 meses.

El tribunal de Instancia de Castro-Urdiales, Plaza nº 1 rechazó su reclamación y la inquilina recurrió alegando que no tenía que haber pagado esos alquileres porque los problemas de humedad afectaban a la habitabilidad de la vivienda. La Audiencia posteriormente reconoció los problemas de humedades del edificio, pero dejó claro que eso no le permitía dejar de pagar por su cuenta mientras siguiera ocupando la casa.

La propietaria estaba obligada a reparar las humedades de la vivienda

El artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) obliga al casero a realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, siempre que el deterioro no sea responsabilidad del inquilino. Además, el artículo 1.554 del Código Civil obliga al propietario a mantenerla en condiciones adecuadas para el uso al que está destinada.

En este caso, la Audiencia considera acreditado que el edificio, de más de 100 años, carecía de cámara de aire y aislamiento interior y presentaba un deficiente mantenimiento. A ello se sumaba que la propietaria había solicitado una licencia por una entrada de agua y que el Ayuntamiento ordenó posteriormente reparar distintos elementos por “filtraciones recurrentes”.

Por ello, el tribunal reconoce la existencia de humedades y filtraciones y señala que la inquilina y sus hijos siguieron viviendo allí en condiciones “nada aceptables”. Aunque la mujer aseguró que había abandonado la vivienda meses antes, no consiguió demostrarlo y mantuvo la posesión hasta entregar las llaves.

No podía dejar de pagar los 1.300 euros mientras siguiera ocupando la casa

Pese a reconocer el incumplimiento de la propietaria, la Audiencia aclara que esto no permitía a la inquilina dejar unilateralmente de pagar el alquiler. Mientras el contrato siguiera vigente y continuara ocupando la vivienda, tenía que abonar los 1.300 euros mensuales.

El artículo 21 de la LAU contempla reducciones de renta cuando unas obras de conservación duran más de 20 días y limitan el uso de la vivienda. Pero, ante la falta de reparaciones en este caso, la Audiencia señala que la inquilina podía optar por la resolución del contrato prevista en el artículo 27 de la LAU, no por continuar viviendo allí sin pagar.

Por ello, rechazó que la propietaria tuviera que devolverle las rentas abonadas tras el anterior procedimiento de desahucio, aunque contra la sentencia (SAP S 526/2026) cabía recurso de casación.