El Gobierno ha aprobado una reforma que facilita que las empresas españolas puedan cotizar de manera simultánea en España y en mercados bursátiles de interés internacional, como es el caso del conocido Wall Street, punto de referencia de la Bolsa mundial. Esto podrán hacerlo, según publica el BOE (Boletín Oficial del Estado) en el RD 813/2026, manteniendo en nuestro país el registro principal de las acciones.
Este cambio de la norma da una alternativa perfecta a los emisores para que sigan conservando al depositario central español como punto de referencia, aunque parte de los títulos se negocien fuera de las fronteras europeas. El RD ha sido publicado este 8 de octubre y en él se contemplan ciertas modificaciones de reglamentos que atañen al sector financiero, incluyendo cambios en las obligaciones de información de las empresas cotizadas, actuaciones para la prevención del blanqueo de capitales y el acceso a las cuentas bancarias básicas gratuitas.
En materia de bolsa, aparece una nueva herramienta contable que controla los valores que se depositen en los mercados de otros países sin que sea necesario trasladar hasta allí el registro principal de la emisión. La entrada en vigor será 20 días después de que aparezca en el BOE, es decir, el 28 de octubre.
Cómo beneficia a la bolsa española cotizar en Wall Street
Revisando este documento, aparece un artículo interesante que es el número 10, donde se añade un apartado adicional al artículo 34 del RD 814/2023 que es el que se encuentra en activo para la regulación de los instrumentos financieros, el registro de valores negociables y las infraestructuras de mercado.
Esta modificación lo que hace es que un depositario central de valores mantenga una cuenta global que refleje el saldo de títulos depositados en otro lugar fuera de la UE y ahora la cuenta tendrá una función de control para dar el visto bueno a la integridad de la emisión.
Cuando esto se traslada al día a día, se ofrece una vía para que se mantenga el depositario de referencia, que es Iberclear, mientras que buena parte de las acciones pasan a una infraestructura extranjera para que se negocien en ese mercado.
Una cuenta no da derechos de titularidad sobre los valores que se apunten en la misma, sino que tendrá la finalidad de llevar el control de la contabilidad en el caso de los títulos emitidos fuera de la UE, aportando más seguridad jurídica y claridad al funcionamiento de las operaciones. Las empresas tendrán que cumplir con los requisitos del mercado en el que quieran negociar las acciones y esto no supone una pasarela directa para cotizar en la bolsa americana.
Facilidades administrativas y prevención del blanqueo
Gracias a este nuevo RD, se hacen más simples algunas cuestiones que deben realizar en los despachos tanto las empresas cotizadas como los inversores. Por ejemplo, durante una Oferta Pública de Adquisición (OPA), el umbral para las notificaciones de adquisiciones significativas de acciones pasa del 1% al 3%.
Se ajustan las obligaciones de comunicar sobre una cartera propia, lo que incide en las participaciones que una empresa posee de sí misma. Los emisores tendrán que informar cuando esa participación llegue o pase por encima o debajo de los umbrales del 3%, 5% o el 10% del derecho de voto y tendrán un máximo de 4 días para negociarlo desde el momento de la compra o la cesión.
Otra de las modificaciones que aparece en el texto tiene que ver con la supresión de la obligación de que determinadas entidades de terceros países que operan en libre prestación de servicios remitan anualmente a la CNMV los datos de información equivalente a lo que se pide a las sucursales.
Esto queda justificado por la supresión de canales alternativos de información y por tratarse de una exigencia que no estaba prevista en la norma europea.
Identificación obligatoria en las operaciones ante notario y criptocajeros.
En la prevención del blanqueo de capitales, la norma deja fuera la exclusión prevista para los actos notariales y registrales sin contenido patrimonial o económico. Establece que la identificación y la comprobación de identidad tendrá que hacerse siempre en las operaciones ante notario y en los criptocajeros.
Las personas vulnerables podrán acceder a una cuenta de pago básica gratis, y de manera excepcional, algunas entidades sin ánimo de lucro del sistema de acogida y del llamado Tercer Sector podrán aportar información sobre la situación de riesgo de exclusión financiera del solicitante, incluidos patrimonio e ingresos.

