La Seguridad Social avisa sobre cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital en julio

Desde el INSS ha anunciado la fecha para cobrar el IMV y recuerdan que este mes se sigue percibiendo con el aumento del 15% tras la prórroga del Gobierno.

Ingreso Mínimo Vital cobro julio
Isabel Gómez

Los solicitantes del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están de suerte. Tras las últimas medidas que se tomaron a final de junio por el Gobierno de España, los beneficiarios de esta prestación no contributiva van a seguir percibiéndolo con un incremento en la cuantía de un 15%. Por ello, muchos han preguntado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuándo se cobra en este mes de julio. Algo a lo que la administración pública se ha visto obligada a responder y que ha comentado que se realiza siempre a final de mes.

Hay que explicar que el IMV es una prestación no contributiva de la Seguridad Social destinada a cubrir un mínimo umbral de ingresos para las personas que más lo necesiten. La finalidad es que se les garantice un mínimo de renta, cuando tengan una carencia de esta. Para ello, va a influir el número de convenientes en la unidad familiar, aunque también se puede cobrar a nivel individual. 

Además, este tipo de ayuda asistencial es para todas las personas, ya estén desempleadas o no, y no corresponde con una cuantía fija estipulada. Lo único fijo es el límite de ingresos que se le debe asegurar a las personas. En este 2022, dicho límite está fijado en los 5.899,60 euros para todas aquellas personas que viven solas. La cifra irá ascendiendo conforme incrementen los miembros de la unidad familiar que la solicite.

A pesar de ello, en esta semana se ha conocido por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) que se calcula que el IMV solo llega al 40% de los beneficiarios potenciales. Como añaden, "hay 400.000 hogares españoles que podrían cobrarlo y aún no lo han solicitado." Desde esta asociación ponen el foco en que el motivo es la compleja gestión de este tipo de prestaciones.

La Seguridad Social dice que el Ingreso Mínimo Vital se cobrará este día de julio

Por regla general, el INSS suele emitir el pago del IMV en el último día hábil del mes correspondiente. Esto quiere decir que los beneficiarios de esta ayuda no contributiva podrán ver en sus cuentas bancarias el pago de la prestación el próximo viernes, 29 de julio. Este será el día en que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) va a emitir el pago a todos los perceptores.

El dinero de la cuantía con el aumento del 15% se recibirá en las entidades financieras colaboradoras con el ente público en esa fecha. Es necesario saber que esa prórroga del segundo paquete de medidas del Gobierno se va a poder recibir hasta el 31 de diciembre de 2022. Los principales bancos y cajas de ahorros colaboradores son los siguientes:

  • Caixabank.
  • Abanca.
  • Banco Santander.
  • BBVA.
  • Deutche Bank.
  • Unicaja.
  • Bankinter.
  • Banco Sabadell.
  • ING.
  • Cajasur.
  • Kutxabank.

Aunque todavía no hay fecha oficial de esta prestación, algunos de estas entidades financieras sí que pueden adelantar el cobro de la ayuda unos días antes a esa fecha estipulada por normativa legal. De esta forma se podrá ver cómo se ingresa el dinero en algunos días previos si el banco o caja de ahorros donde se tiene la cuenta bancaria en la que se percibe decide adelantar la operación.

¿Cómo quedan las cuantías del Ingreso Mínimo Vital tras la subida del 15% en julio?

Tras la prórroga del incremento anunciada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y tal y como se refleja en el decreto-ley que lo contempla, las cuantías a percibir con el incremento por los beneficiarios en este mes son las siguientes:

  • Si la unidad de convivencia está formada por una persona adulta: 565,37 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por una persona adulta y un menor: 859,37 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por una persona adulta y dos menores: 1.028,98 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por una persona adulta y tres o más menores: 1.198,56 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por dos personas adultas: 734,97 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por dos personas adultas y un menor: 904,51 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por dos personas adultas y dos menores: 1.074,20 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por dos personas adultas y tres o más menores: 1.243,83 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por tres personas adultas: 904,51 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por tres personas adultas y un menor: 1.074,20 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por tres personas adultas y dos o más menores: 1.243,74 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por cuatro personas adultas: 1.074,20 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por cuatro adultos y un menor: 1.243,74 euros.
  • Si la unidad de convivencia está formada por otros casos: 1.243,74 euros.

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