El Congreso aprueba la reforma de las leyes de discapacidad y dependencia: las medidas más importantes

Sus medidas principales vienen a reforzar los servicios de asistencia y ayuda a domicilio, y reducir la burocracia.

Una persona ayudando a una mujer mayor en silla de ruedas |Europa Press
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El Congreso de los Diputados aprobó este miércoles de forma defintiiva la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad, que supone una refundación del sistema de cuidados. Lo hizo, eso sí, sin las principales enmiendas incorporadas por el PP en el Senado y acordadas con algunos grupos.

La reforma también blinda la financiación del SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia), incorporando en la ley la obligación de que la Administración General del Estado (AGE) asuma el 50% de la inversión. Además, se acompaña del real decreto-ley que fue convalidado en el Congreso en julio para ampliar la financiación estatal de la dependencia, que supone el mayor incremento de la historia para el sistema, y con el que las comunidades autónomas van a recibir 6.200 millones de euros más entre 2026 y 2027.

Por ello, durante su intervención, el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha instado a las comunidades autónomas a que, con esta dotación, reduzcan las listas de espera. “Ya no hay excusas: las listas de espera deben reducirse a la mitad en 2027 y desaparecer en 2028. Nuestro compromiso es total y ahora toca que todas las comunidades autónomas remen a favor para hacerlo una realidad”, ha expresado.

Reforma de la dependencia: ¿qué cambia?

En primer lugar, se elimina el régimen de incompatibilidades y las personas en situación de dependencia podrán recibir diferentes prestaciones sin que haya una incompatibilidad entre ellas. El PIA (Programa Individual de Atención) que elaboran los servicios sociales de las comunidades se flexibiliza para que el usuario pueda acceder a más servicios del catálogo. 

Por ejemplo, si una persona en situación de dependencia puede quedarse en su casa, podrá acceder a prestaciones combinadas como ir a un centro de día, y a la vez tener otras prestaciones como cuidados en el entorno familiar o teleasistencia.

Asimismo, los cuidados serán más individualizados. La figura del asistente personal pasa a ser un derecho público garantizado para cualquier ámbito de la vida cotidiana, no solo para trabajar o estudiar, fomentando la vida independiente. Además, pasa a ser un servicio más del catálogo, de forma que tienen que garantizarlo las comunidades. 

Esto se alinea con el nuevo servicio a domicilio, que se ofrecerá más allá del entorno domiciliario. De esta forma, la persona que ofrezca una asistencia no solo atenderá a la persona usuaria en el domicilio, sino que también podrá acompañarla para realizar otras actividades básicas de la vida diaria como ir a hacer la compra o ir al médico.

A ambos servicios se une la teleasistencia que será reconocida de facto a toda persona que tenga reconocida una dependencia, y se incluye a usuarios que hasta ahora no podían beneficiarse, como personas con demencia. Esta también permitirá hacer un seguimiento de cómo está el usuario a través de otros dispositivos como, por ejemplo, las pulseras geolocalizables.

Otras medidas importantes de la reforma es que la AGE, por ley, abonará las cotizaciones de las cuidadoras principales (la mayoría mujeres), así como la continuidad de los cuidados en caso de enfermedad grave u hospitalización de estas cuidadoras. Y el plazo máximo para resolver el procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia se reduce de 6 a 3 meses.

Reforma en la ley de discapacidad: principales medidas

Uno de los objetivos de la reforma es reducir la burocracia. Y, para ello, se reconocerá automáticamente un 33% de discapacidad a aquellas personas a las que se les asigne un grado I de dependencia, y a las que obtengan un grado II o III podrán ser reconocidas con el 65% de discapacidad

También se fija la atención temprana como un derecho subjetivo para garantizar que los gobiernos autonómicos atiendan a todos aquellos niños (de 0 a 6 años) que presenten trastornos en el desarrollo o tengan riesgo de desarrollarlo. Es decir, cada familia con un niño o niña en esta situación podrá exigir ante su administración autonómica que se le proporcione el tratamiento sin que dependa de la disponibilidad presupuestaria o de plazas.

La reforma también regula la figura de un facilitador procesal para evitar situaciones de indefensión en los procesos judiciales de personas con dificultades, que hará “de puente” entre los operadores jurídicos y esas personas.

Por otro lado, las personas con discapacidad podrán reclamar la accesibilidad en servicios o en edificios que sean públicos. Para ello, se creará un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las intervenciones que sean necesarias, como, por ejemplo, instalar rampas para sillas de ruedas, crear audiodescripciones, etc… En este sentido, se modifica la Ley de Propiedad Horizontal para que las administraciones públicas tengan que ayudar económicamente a hacer obras de accesibilidad en edificios de viviendas y para que las comunidades de propietarios tengan que solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita. 

Además, se facilitan los requisitos para acceder a estas ayudas, rebajando del 75% al 70% el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad de propietarios. Derechos Sociales ha apuntado que, según sus estimaciones, en España hay 100.000 personas que no pueden salir de sus casas porque sus viviendas no son accesibles.

En último lugar, se prohíbe por ley una práctica que llevan a cabo algunos seguros de hogar o de salud de subir el precio cuando la persona que quiere contratarlos tiene una discapacidad. A partir de ahora se considerará una práctica discriminatoria que será ilegal.

El ‘veto’ del Gobierno a las enmiendas

Durante el debate en el congreso, los grupos que habían consensuado enmiendas en el Senado han criticado que el Gobierno haya vetado algunas de ellas impidiendo su votación en esta fase final, amparándose en que supone un incremento presupuestario, como la de ampliar sin límite de edad la prestación CUME que reciben los padres con hijos con cáncer o enfermedad graves que actualmente se extiende hasta los 26 años.

En relación a la CUME, sí ha aprobado otras enmiendas para simplificar y agilizar su resolución, la protección de trabajadores autónomos para la prórroga del permiso y para que la escolarización no pueda ser causa automática de pérdida de prestaciones, entre otras. Asimismo, el Ejecutivo aseguró que ya está negociando con las familias la ampliación de la CUME.

Otras enmiendas ‘vetadas’ han sido la eliminación del copago en pacientes de ELA o la reducción del IVA en productos para personas con discapacidad.

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