El casero debe indemnizar al inquilino cuando rompa el contrato de alquiler, según el decreto de alquileres indefinidos

El segundo decreto sobre la vivienda saldrá publicado este jueves en el BOE y en este aparece una de las medidas de Sumar que es la prórroga automática del contrato.

Pablo Bustinduy hablando junto a Yolanda Díaz y Mónica García. |Europa Press
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El segundo decreto de vivienda que se espera que el Gobierno publique este jueves en el BOE contempla que el casero deberá indemnizar con al menos 12 meses de renta al inquilino en caso de que decida no renovar el contrato de alquiler ya que se contempla el nuevo régimen de prórroga automática de estos contratos. Permite que el casero rompa el contrarto cuando llegue al final, sí, pero deberá alegar una de las caisas que permiten librarse de pagar.

Esta es una de las medidas que aparecen en el decreto ley que establece la renovación automática de los contratos de alquiler para que estos pasen a ser indefinidos y así lo ha explicado el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy (Sumar).

Poco antes de comenzar la sesión de control al Gobierno de los miércoles, que en esta ocasión se ha centrado en el recién aprobado decreto de la vivienda, Bustinduy ha atendido a los medios de comunicación ante quienes ha defendido la renovación automática de los contratos de alquiler que se incluye en el segundo de los dos decretos que se aprobaron en el Consejo de Ministros que es el que queda pendiente de publicar en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

El modelo de contrato de alquiler indefinidos, según el ministro, existe “en media Europa” y es algo “de sentido común” porque cuando un contrato termina a los cinco años, si es una persona jurídica quien suscribe el contrato se renovará automáticamente a menos que haya una causa justificada. 

Causas justificadas para no renovar un contrato

Cuando el arrendador decide no continuar con el contrato, no deberá alegar ningún motivo concreto para hacerlo pero deberá pagar esta indemnización que será al menos de 12 mensualidades de la renta que corresponda a una casa de características parecidas. Se calculará, como informa El País, teniendo en cuenta el sistema estatal de referencia de precios del alquiler y no será menor a una mensualidad por cada año en que el arrendatario haya estado en la vivienda. 

Los supuestos en los que se podrá eludir el pago de la indemnización pasan por la necesidad de la casa tanto para él o ella como para su cónyuge o familiar de hasta segundo grado, que el inquilino no esté en la casa durante más de seis meses al año sin justificación o que tenga otra vivienda en la misma localidad en la que se pueda entrar a vivir. También que se formalice un nuevo contraro de 5 o 7 años con precio regulado o que el inquilino diga que no a la oferta.

Ha presentado la medida como una transformación del mercado del alquiler en España ya que está pensada para dar “seguridad y certidumbre” a los inquilinos “terminando con la ansiedad” de saber cuándo va a vencer el contrato evitando situaciones en las que el casero “eche al inquilino para cobrar un 40% más por el alquiler o para poner un piso turístico”. 

“¿Pero quién se opone a esto? ¿Cuál es la razón que lleva a oponerse a esto? ¿Qué intereses defienden los que se oponen a este modelo?”, ha insistido el ministro.

Los decretos “son necesarios y de justicia”

El titular de la cartera de Consumo ha llamado a la movilización de todas las fuerzas políticas para que los dos decretos salgan adelante. “El que pretenda bloquearlos va a sufrir un alto coste político”, ha asegurado.

“Son necesarios y de justicia”, ha enfatizado poniendo en valor el trabajo de todos los partidos que han ayudado a que estas medidas hayan salido adelante en el Consejo de Ministros. “Supondrán una victoria de la clase popular en caso de que sean respaldados este viernes”.

Pensando en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) que siguen sin presentarse aunque el plazo constitucional termina este miércoles, ha destacado que son la fiscalidad para disuadir la concentración de propiedades inmobiliarias y la construcción “masiva” de vivienda pública.

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