La DGT avisa: algunos conductores tienen que devolver el carnet

“La posesión del permiso o licencia original y de un duplicado de estos dará lugar a la recogida inmediata del original para su remisión a la Jefatura Provincial de Tráfico”, puntualiza la DGT.

La DGT avisa: algunos conductores tienen que devolver el carnet
Aviso de la DGT
Javier Martín

La Dirección General de Tráfico (DGT) puede quitarte el carnet de conducir. No solo cuando se pasa por encima de la renovada Ley de Tráfico y Seguridad Vial al cometer una o varias infracciones y se han agotado los puntos, la Jefatura Provincial de Tráfico también contempla otro supuesto, aunque está lejos de suponer un motivo de alarma o estar provocado por un hecho de eminente carácter negativo.
 
Recientemente, y aprovechando la imparable corriente de digitalización impulsada por la total instauración de las nuevas tecnologías, la aplicación oficial de la DGT permite escanear el carnet de conducir físico para poder llevarlo en formato digital en el móvil. Sin embargo, la gran mayoría sigue apostando por el método tradicional: el de llevarlo en la cartera junto al dinero en metálico y el resto de tarjetas personales.
 
Y en estos casos es probable y, en cierto modo, frecuente que se pueda llegar a perder. Un engorro, como norma general, ya que hay que volver a pedir duplicados, incluyendo el del carnet de conducir a la correspondiente oficina de Tráfico más cercana. Y también, en casos más remotos, puede ocurrir que se acabe encontrando ese carnet que se creía perdido, extraviado o robado. 

¿Qué hay que hacer si se tienen dos carnets de conducir?

Este es un hecho ante el que hay que tener especial cuidado, tal y como aclara la DGT: “La posesión del permiso o licencia original y de un duplicado de estos dará lugar a la recogida inmediata del original para su remisión a la Jefatura Provincial de Tráfico”. Sobre todo, por las posibles consecuencias. Si las autoridades acaban comprobando que la causa especificada para obtener el duplicado es falsa, se informará a las instancias judiciales para que se investigue si se está cometiendo un acto con responsabilidad penal.

La posible multa por llevar a cabo el duplicado del carnet de conducir por métodos y con fines fraudulentos no es el único recordatorio del que se ha encargado de volver a recordar la propia DGT a través de sus canales oficiales de comunicación con la ciudadanía. Si un conductor cambia de domicilio y no lo informa a Tráfico, se expone también a una multa. Al igual que con otros datos personales como un posible cambio de nombre.
 
Un procedimiento que se recoge en el artículo diez del Reglamento General de Conductores: “Cualquier variación de los datos que figuran en el permiso o licencia de conducción, así como la del domicilio de su titular, deberá ser comunicada por este dentro del plazo de quince días, contados desde la fecha en que se produzca, a la Jefatura Provincial de Tráfico”.
 
Si has cambiado de domicilio debes comunicar a tráfico tu nueva dirección postal en un plazo de 15 días para que puedan llegarte nuestros envíos de notificaciones y comunicaciones, evitando por ejemplo así, que no te enteres de la notificación de una multa y se te pase el plazo para pagarla”, puntualizan desde la DGT. Esto es sumamente importante, ya que puede significar que se pierda la posibilidad de ahorrar al perder el método del pronto pago si hubiera una sanción.

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