La DGT informa: estos coches necesitan dos seguros

La Dirección General de Tráfico recuerda que además del seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria, existen casos en los que, dependiendo del vehículo, se debe contratar un segundo.

Coches circulando por carretera
La DGT recuerda que hay vehículos que necesitan dos seguros
Javier Martín

La DGT es clara: el seguro de circulación, denominado Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria, no es negociable, tal y como expresa la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Dependiendo de la antigüedad del vehículo o los riesgos que se quieran asumir, existen distintos tipos aparte de la cobertura básica exigida por la normativa, como el todo riesgo o el seguro a terceros ampliados.

Los seguros más sencillos suelen incluir otras garantías como la Responsabilidad Civil voluntaria, el seguro del Conductor, defensa jurídica y reclamación de daños e incluso asistencia en carretera. Sin embargo, no contar uno, como cerca de los dos millones de vehículos en España que se encuentran al margen de la ley, en esta situación, como afirma Rastreator, puede tener consecuencias de impacto, como la inmovilización del vehículo y a una sanción económica de entre 601 y 3.005 euros.

Incluso, como se ha encargado de volver a recordar la Dirección General de Tráfico (DGT) a través de sus altavoces comunicativos, existen determinados vehículos a motor que necesitan no uno, si no la contratación de dos seguros de circulación para no estar expuesto a sanciones económicas o la posibilidad de salir muy mal parado a la hora de repartir los daños, responsabilidades y perjuicios tras un accidente. Algo que muchos, a buen seguro, desconocían.

Qué vehículos necesitan dos seguros

Todo aquel vehículo que lleve un remolque o caravana cuya Masa Máxima Autorizada (MMA) sea superior a 750 kilogramos. Todos los que cumplan este requisito necesitarán para circular un permiso propio para el remolque, así como una matrícula específica y un seguro obligatorio al margen del seguro del vehículo tractor. ¿Qué permisos y autorización serán necesarios para el remolque?

  • Remolques ligeros, aquellos cuya MMA es inferior o igual a 750 kg: permiso B. El normal, por así decirlo, para conducir un coche.
  • Remolques no ligeros, que superan los 750 kg: autorización B96 o el permiso B+E. Además, deberá llevar matrícula roja, pasar la ITV y contar, como ya se ha mencionado, con su propio seguro, independiente del vehículo tractor, el que tira de él.

Cómo obtener el permiso de circulación B96

No es un carnet de conducir como tal, pero su obtención sí implica superar necesariamente un determinado tipo de pruebas, al estilo del permiso clásico, por aquello de las particularidades de ser vehículos que tienen una MMA con un tonelaje entre el anteriormente citado y los 4.250 kilos. Estas características implican cambios en la conducción respecto al frenado o el tomar las curvas.

Una de ellas consiste en la realización de maniobras en un circuito cerrado, mientras que la otra se lleva a cabo en situaciones de tráfico abierto, en carretera. Asimismo, aunque sí es recomendable, no es obligatorio asistir a clases teóricas.
 

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