Cómo pedir el Ingreso Mínimo Vital y un salario social a la vez

La Seguridad Social permite compatibilizar el Ingreso Mínimo Vital con una renta de inserción o salario social, pero es necesario reunir estos requisitos.

Mujeres consultan requisitos Ingreso Mínimo Vital
Mujeres consultan requisitos Ingreso Mínimo Vital
Francisco Miralles

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación de la Seguridad Social y que aprobó el Gobierno de España en plena pandemia del coronavirus. Su objetivo es el de garantizar unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos, siempre y cuando se cumpla con los requisitos que dan acceso a la ayuda económica.

Recientemente, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, dirigidos por Jose Luis Escrivá e Ione Belarra informaron en rueda de prensa que las cuantías del Ingreso Mínimo Vital aumentarán para 2022. Además, los desempleados que agoten los subsidios por desempleo también podrán acceder de manera automática.

En el caso de beneficiarios de Rentas Mínimas de Inserción o salario social concedidos por las Comunidades Autónomas podrán compatibilizar esta ayudas con el ingreso mínimo vital.

Cómo cobrar a la vez el Ingreso Mínimo Vital y un salario social

Para cobrar de manera simultánea será necesario que el beneficiario no deba superar el límite de ingresos. Es decir, la suma del salario social junto a la de los demás ingresos no podrán superar ese umbral de ingresos para así poder solicitarlo y cobrar ambas de forma simultánea.

Hay que tener en cuenta que no se ingresará de forma supletoria, si no complementaría. Por ejemplo, si tiene aprobada el IMV por 1.064,87 euros mensuales y el solicitante tiene de renta de inserción 670 euros al mes, se cobrará del ingreso vital 394,87 euros al mes.

Requisitos para cobrar el IMV

Para poder compatibilizar el Ingreso Mínimo Vital y un salario social o renta de inserción a la vez será necesario reunir los requisitos establecidos y no superar el tope de ingresos fijados para 2022. Los ingresos para percibir la Renta Vital son:

  • Tener una edad entre los 23 y los 65 años. Excepcionalmente, se puede pedir teniendo más de 18 años siempre y cuando si estos tienen hijos a cargo.
  • Residir de manera legal y continuada en España durante al menos un año antes de poder presentar la solicitud. No será necesario para mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
  • En el caso de personas que vivan solas deberán haber vivido de forma independiente durante al menos 3 años.
  • Haber solicitado todas las prestaciones a las que tuviera derecho. Ojo son prestaciones de la Seguridad Social, no es válido si se cobra una prestación o subsidio por desempleo del SEPE.
  • Estar inscrito cómo demandante de empleo.
  • Podrán ser beneficiarias las personas que temporalmente sean usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario.

Para que concedan esta prestación no contributiva será necesario carecer de una rentas superiores, las cuales irán en función de la unidad de convivencia (miembros de la unidad familiar). Para ello, la Seguridad Social usa una escala de incremento siendo estas las cuantías:

  • Un adulto: 16.917,60 euros.
  • Un adulto y un menor: 23.684,64 euros.
  • Un adulto y dos menores: 30.451,68 euros.
  • Un adulto y tres o más menores: 37.218,72 euros.
  • Dos adultos: 23.684,64 euros.
  • Dos adultos y un menor: 30.451,68 euros.
  • Dos adultos y dos menores: 37.218,72 euros.
  • Dos adultos y tres o más menores: 43.985,76 euros.
  • Tres adultos: 30.451,68 euros.
  • Tres adultos y un menor: 37.218,72 euros.
  • Tres adultos y dos o más menores: 43.985,76 euros.
  • Cuatro adultos: 37.218,72 euros.
  • Cuatro adultos y un menor: 43.985,76 euros.
  • Unidades de convivencia superiores: 43.985,76

Cuantías del Ingreso Mínimo Vital para 2022

Las cuantías del ingreso mínimo vital se actualizarán para 2022 y subirán un 3%. Estos serán los importes a cobrar a partir de enero:

  • Un solo beneficiario: 484,03 euros al mes.,
  • Unidad de convivencia conformada por 2 adultos: 629,24 euros al mes.
  • Unidades de convivencia formada por 2 adultos y 1 menor o de 3 adultos: 774,45 euros al mes.
  • Unidades de conviviendo formada por 2 adultos y dos menores, 3 adultos y 1 menor o cuatro adultos: 919,66 euros al mes.
  • Unidad de convivencia de 2 adultos y 3 o más menores, tres adultos y 2 o más menores o 4 adultos y 1 menor: 1.064,87 euros mensuales.
  • Adulto más un menor a cargo y un menor: se cobrará 735,73 euros al mes.
  • Adulto y dos menores: 880,94 euros mensuales.
  • Adulto y tres o más menores: 1.026,15 euros al mes.

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