Cuantías y requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital para 2022

La Seguridad Social publica los requisitos y las condiciones para acceder a esta prestación de la Seguridad Social que nació a causa de la Covid-19.

madre ayuda a hijo con los estudios
Madre ayuda a hijo con los estudios.
Francisco Miralles

Con la llegada del final del año, los nuevos Presupuestos Generales del Estado y con la reciente subida del IPREM, ya se va conociendo cuáles serán las cuantías a cobrar de ayudas, prestaciones y subsidios. El gobierno ya ha informado de las nuevas cuantías mínimas para las pensiones contributivas y no contributiva y es ahora, cuando se conoce por parte de la Seguridad Social los requisitos y cuantías del ingreso mínimo vital para 2022.

El ingreso mínimo vital es una de las medidas estrellas que impulso el gobierno de España con la llegada del Covid-19. Muchas familias perdieron su empleo y otras abocadas al confinamiento no pudiendo trabajar, por lo que esta ayuda fue un balón de oxígeno para miles de familiares con escasos recursos económicos.

Ahora el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que dirige el ministro Jose Luis Escrivá, establece nuevas cuantías y requisitos para acceder a esta prestación que entrará en vigor en 2022.

Requisitos para solicitar el ingreso mínimo vital

Los nuevos requisitos y excepciones para pedir el IMV pueden ser extenso, por esa razón te mostramos de forma resumida, que será necesario reunir a partir de 2022:

  • Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años. De modo excepcional pueden solicitarla los mayores de 18 años que tengan menores a cargo.
  • Se deberá de residir de manera legal y continuada en España durante al menos un año antes de poder presentar la solicitud. No será necesario para mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.
  • Demostrar tener una vulnerabilidad económica. En otras palabras, se debe de carecer de ingresos superiores a los límites establecidos por la Seguridad Social.
  • No tener un patrimonio superior a 16.614 euros si se vive solo y hasta un máximo de 43.196 euros en el caso de unidades convivencia. La Seguridad Social entiende por patrimonio, los bienes y restando las deudas pendientes.
  • No tener derecho a ninguna prestación de la Seguridad Social y en el caso de tenerlas haberlas agotado. Quedan excluidas las rentas mínimas de inserción y salarios sociales de las Comunidades Autónomas.
  • Estar inscrito como demandante de empleo. No es obligatorio en el momento de presentar la solicitud, pero deberá acreditar esta apuntado al paro dentro de los 6 primeros meses.
  • En el caso de personas que vivan solo y quieran pedir el IMV deberán acreditar haber cotizado por 12 meses a la Seguridad Social. Este extremo puede comprobarse solicitando la vida laboral.

¿Puedo solicitar el ingreso mínimo vital si estoy cobrando un subsidio por desempleo del SEPE?

Si, tanto la prestación contributiva como los subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite que se puedan solicitar de forma complementaría el ingreso mínimo vital.

¿Qué significa de forma complementaria? Quiere decir que pueden cobrarse conjuntamente, pero nunca sumando ambas cantidades íntegras. Veamos un ejemplo: Una persona está cobrando un subsidio por desempleo de 451,92 euros al mes y le conceden el ingreso mínimo vital por un importe de 919,66 euros al mes. Esta persona cobrará en total con las dos ayudas 919,66 euros, 451,92 euros de subsidio y 467,74 euros de ingreso vital.

Cuantías para 2022

Esta prestación no contributiva del INSS se beneficiará con una subida del 3%, por los que las cuantías del IMV quedarán de la siguiente manera:

  • Un solo beneficiario: 484,03 euros al mes.,
  • Unidad de convivencia conformada por 2 adultos: 629,24 euros al mes.
  • Unidades de convivencia formada por 2 adultos y 1 menor o de 3 adultos: 774,45 euros al mes.
  • Unidades de conviviendo formada por 2 adultos y dos menores, 3 adultos y 1 menor o cuatro adultos: 919,66 euros al mes.
  • Unidad de convivencia de 2 adultos y 3 o más menores, tres adultos y 2 o más menores o 4 adultos y 1 menor: 1.064,87 euros mensuales.

En el caso de familias monoparentales las cuantías serán las siguientes:

  • Adulto más un menor a cargo y un menor: se cobrará 735,73 euros al mes.
  • Adulto y dos menores: 880,94 euros mensuales.
  • Adulto y tres o más menores: 1.026,15 euros al mes.

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