Si cobro el paro y en enero estoy en el sexto mes, ¿cobro el 50% o el 60% de la base reguladora?

El SEPE explica que a partir del día 181, los trabajadores desempleados podrán cobrar el paro ampliando su base reguladora hasta el 60%.

Si cobro el paro y en enero estoy en el sexto mes, ¿cobro el 50% o el 60% de la base reguladora?
Personas esperando a entrar en una oficina del SEPE.
Isabel Gómez

Los Presupuestos Generales del Estado van a traer novedades en cuanto a la prestación contributiva de desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Si finalmente son aprobados por el Congreso, a partir del 2023 los trabajadores desempleados podrán ampliar su base reguladora de un 50% a un 60%. Es por ello que surge la duda: “A partir de enero estoy en el sexto mes de cobro del paro, ¿qué base reguladora cobro?”

Desde la administración pública de empleo han querido dar respuesta a esta cuestión, ya que la base reguladora es bastante importante para determinar la cuantía a recibir. Pero antes cabe mencionar que para que una persona cobre dicha ayuda contributiva tendrá que cumplir con un requisito fundamental: haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos seis años para cobrar la prestación por desempleo. También habrá que estar inscrito como demandante de empleo.

Esta base se calcula de una manera especial cuando va destinada a esta prestación. Si finalmente salen adelante los nuevos presupuestos, la cuantía a recibir se va a ver aumentada. Sobre todo porque, como ha expresado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) va a subir de los 579,02 euros a los 600 euros. Por lo que las cuantías mínimas y máximas se van a ver incrementadas en un 3,5%.

¿Cuándo se comienza a cobrar el 60% de la base reguladora del paro?

Tal y como se recoge en la plataforma web del SEPE, la base reguladora de la prestación por desempleo corresponde con la media de la base de cotización de los últimos seis últimos meses cotizados. Así es cómo se calcula. Durante los seis primeros meses corresponde cobrar el 70% de dicha base, mientras que, a partir del día 181, corresponde cobrar el 50% hasta el 31 de diciembre de 2022.

Por tanto, si una persona está en enero de 2023 en su sexto mes, aún cobrará el 70% de la base reguladora. A partir del séptimo mes, si pudiera seguir cobrando el paro en febrero, sería cuando comenzaría a cobrar el 60% de esa base. 

Y es que para saber durante cuánto tiempo se puede percibir, habrá que tener presente la regla del cuatro por uno. Es decir, que por cada cuatro meses que se cotice para dicha ayuda, se tendrá derecho a cobrarla por un mes. Así, se deduce que se podrá cobrar un mínimo de cuatro meses hasta un máximo de dos años, que es el límite fijado por ley. A partir de ahí, si no se hubiera producido una reincorporación al mercado laboral, se podría solicitar alguno de los subsidios por desempleo que ofrece el mismo organismo público.

¿Cómo quedan las cuantías mínimas y máximas del paro en 2023?

Tanto la prestación contributiva por desempleo como los subsidios van a subir de cara al próximo ejercicio económico. Sus cuantías máximas y mínimas va a subir conforme lo haga el IPREM a los que habrá que incrementarlo en una sexta parte. De esta forma, el importe a recibir de paro sería el siguiente:

Cuantías mínimas:

  • Si no se tienen hijos (80% IPREM): 560 euros al mes.
  • Con uno o más hijos (107% IPREM): 749 euros al mes.

Cuantías máximas:

  • Si no se tienen hijos (175% IPREM): 1.225 euros al mes.
  • Con un hijo (200% IPREM): 1.400 euros al mes.
  • Con dos o más hijos (225% IPREM): 1.575 euros al mes.

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