Cuántas veces se puede solicitar la Renta Activa de Inserción RAI en 2022

El SEPE posibilita que se renueve la Renta Activa de Empleo, pero los solicitantes tienen un límite de ocasiones para volver a percibirla.

Cuántas veces se puede solicitar la Renta Activa de Inserción RAI en 2022
El SEPE limita el número de veces que se puede solicitar la RAI en 2022
Isabel Gómez

Para incrementar el retorno al mercado laboral de los desempleados españoles en situación de vulnerabilidad, el Gobierno de España impulsó la iniciativa de la Renta Activa de Inserción (RAI). Esta es una prestación no contributiva que otorga el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) durante un tiempo, pero no todos los trabajadores parados pueden acceder a ella, sino que está destinada a unos específicos como se detallará más adelante.

Como cualquier subsidio o ayuda no contributiva, la cuantía a percibir será de 463,21 euros mensuales, ya que no puede ser superior al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) en este 2022. Es necesario destacar que las personas que se encuentren en una situación económica complicada y tenga dificultad para encontrar empleo, pueden acceder tanto al RAI como al Ingreso Mínimo Vital, este último lo otorga la Seguridad Social. 

Entonces, ¿quiénes pueden solicitar este subsidio según el Instituto de Empleo? Pues todas aquellas personas que se encuentren en estas situaciones tan específicas: parados de larga duración y emigrantes retornados mayores de 45 años, las víctimas de violencia de género o doméstica y los discapacitados con un grado igual o superior al 33%.

¿Cuántas veces se puede cobrar la RAI en 2022?

Todos los posibles beneficiarios de la RAI no pueden solicitar la ayuda todas las veces que deseen, ya que el objetivo es que se incorporen al entorno laboral lo antes posible. Por ello, desde el SEPE explican cuántas son las ocasiones en las que se concede.

Esta prestación no contributiva se puede cobrar durante un máximo de 11 meses y se facilitará por parte del Instituto de Empleo hasta en tres ocasiones. Para ello, los solicitantes se incorporará o reincorporará al programa tras inscribirse como demandantes de empleo y una vez reactiven su compromiso de actividad. Esto se debe hacer dentro de los 15 días siguientes al cese de empleo por parte de los autónomos, la vuelta a España o la excarcelación.

Si la petición se realizara fuera del plazo estipulado, desde el SEPE avisan que se perderán tantos días de renta como medien entre el día posterior al cese del autónomo de su actividad o del retorno y el día que se vuelve a pedir. 

Puede ocurrir que cuando se desee reincorporar al programa no se cumpla con el requisito de carencia de rentas, por lo que para volver a solicitarlo deben acreditar los cambios económicos familiares requeridos dentro de los seis primeros meses desde que el servicio público de empleo se desestimó volver a percibir la ayuda. 

Como también exponen desde el SEPE “si la inscripción como demandantes de empleo se hace fuera de plazo, implicará el abono de la renta desde el día de la inscripción sin descuento de los días consumidos por fuera de plazo”.

¿Qué hacer cuando se acaba la RAI?

Si se llega a la situación en el que la RAI llega a su fin y las personas beneficiarias no han encontrado un trabajo con el que vivir, hay otras ayudas del SEPE a las que se pueden acoger, como el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). El importe a recibir es el común a todos los subsidios, 463,21 euros, durante medios años y no se puede renovar, aunque se tengan cargas familiares.

Por otra parte, si los posibles beneficiarios de la Renta Activa de Empleo tienen más de 52 años, se aconseja cobrar el subsidio por desempleo para personas con 52 años o más. La cuantía será la misma que para el resto de estas ayudas no contributivas, aunque hay que acreditar que no se supera el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en rentas mensuales. Por tanto, en 2022, sus rentas no deben ser superiores a los 750 euros al mes. Lo beneficioso es que este subsidio sí que cotiza para la jubilación hasta que se llegue a la edad de percibir la pensión, si no encuentra trabajo antes.

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