¿Puedo solicitar el paro si tengo días de vacaciones por disfrutar?

El plazo para solicitar el paro puede influir si quedan vacaciones no disfrutadas. El SEPE explica cuando se deben pedir la prestación por desempleo en este caso.

¿Puedo solicitar el paro si tengo días de vacaciones por disfrutar?
Cobrar paro vacaciones
Isabel Gómez

Cuando un trabajador queda desempleado, podrá cobrar una prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es decir, el paro. Sin embargo, a muchos les entra la duda de qué ocurre cuando aún no han agotado las vacaciones en su anterior trabajo. ¿Podrán convertirse en beneficiarios tras agotarlas? Habrá que saber cuál es el plazo que impone la administración pública para solicitar esta ayuda contributiva.

Ante el aluvión de dudas en plena temporada estival, el SEPE se ha pronunciado a través de su Twitter para dar respuesta a ella. Y es que, por regla general, el tema de las vacaciones no disfrutadas siempre trae cola. 

Como ha avisado el organismo, "si te quedan días de vacaciones por disfrutar, no puedes solicitar tu prestación contributiva todavía." El motivo radica en que aún no se está en situación legal de desempleo, una condición indispensable para tener derecho a la prestación contributiva. 

¿Cuándo se podrá solicitar el paro si se tienen vacaciones sin disfrutar?

Realmente, la situación legal de desempleo ocurre tras el periodo de vacaciones que no se ha disfrutado y en el que la compañía sí ha pagado la liquidación del contrato o finiquito. Un periodo en el que sigue siendo obligatoria la cotización a la Seguridad Social, como explican en la plataforma web del SEPE. 

Para entender esta cuestión se va a explicar con un ejemplo. Cuando un trabajador es despedido, la empresa suele anunciar con 15 días de antelación el despido y se calculan cuántos días de vacaciones no disfrutados del trabajador quedan. Una vez que se despide y cobra ese finiquito, el desempleado ya no irá a la compañía. Sin embargo, esta no podrá entregar el certificado de empresa hasta que no hayan pasado los días de vacaciones no disfrutadas.

Una vez que recoja dicho certificado (documento obligatorio entre los requisitos del SEPE), deberá cumplir con el periodo que impone la administración pública para la solicitud de la prestación por desempleo. Cuando haya transcurrido el periodo de vacaciones, tendrá un plazo de 15 días hábiles para pedir una cita previa y solicitar el paro. En primer lugar, habrá que darse de alta como demandante de empleo en las oficinas de empleo público que corresponda en cada comunidad autónoma, por ejemplo, en el Servicio de Empleo Andaluz (SAE).

¿Cuáles son las causas que provocan una situación legal de desempleo?

Realmente, la situación legal de desempleo se podría definir como las causas por las que se finaliza la relación laboral que no dependen de la voluntad de los trabajadores. Permiten a estos acceder al paro y al resto de subsidios por desempleo cuando reúnan los requisitos. A continuación, se detallan cuáles son dichas situaciones:

  • Un despido.
  • Cuando se termina la relación de trabajo por fallecimiento, jubilación o incapacidad de la empresaria o empresario.
  • Cuando termina el contrato por circunstancias de producción, formación o sustitución del empleado.
  • Cese por no superar el periodo de prueba impuesto por la compañía.
  • En caso de extinción, el periodo de actividad, por ejemplo, en los fijos discontinuos.
  • Tras una suspensión o reducción de jornada por ERTE.
  • Por ser víctima de violencia de género.
  • El retorno desde el extranjero de una persona española emigrante.
  • Ser liberado de prisión o estar cumpliendo una libertad condicional.
  • Ser declarado plenamente capaz o como incapacidad permanente parcial, como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de los grados total, absoluta o gran invalidez.

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