La Seguridad Social avisa sobre cómo saber si se ha concedido en Ingreso Mínimo Vital

Desde el INSS explican que existen hasta tres vías por la que los solicitantes pueden averiguar si se concede el IMV. 

La Seguridad Social avisa sobre cómo saber si se ha concedido en Ingreso Mínimo Vital
Ingreso Mínimo Vital estado solicitud.
Isabel Gómez

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se trata de una prestación no contributiva otorgada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuya finalidad es suplir la carencia de rentas que tenga una persona y garantizarle un mínimo de ingresos cada mes para que no caiga en una vulnerabilidad económica que le afecte a su vida. Son muchas las personas y familias que las van solicitando, sin embargo, muchos se preguntan cómo saber si le han concedido el IMV. Ante la duda, la administración pública ha respondido a esta cuestión.

Además, aunque todavía existen muchas familias que la Seguridad Social prevé que podrán ser beneficiarias de la ayuda, los españoles están solicitándola tras el anuncio del Gobierno de España de que esta va a poder cobrarse con el aumento del 15% como medida anticrisis hasta final de año.

A raíz de esto, hoy, en el Consejo de Ministros, el titular de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha avisado que muchas familias y personas que son posibles beneficiarios, aún no se han acogido a ella. Por lo que ha expresado que "se van a poner en funcionamiento varios mecanismos para que la mayoría de personas posibles puedan cobrar el IMV. Habrá funcionarios cuya única misión sea esa: visitarán asilos, centros de acogida..."

Al ser julio, el primer mes en el que se produce la prórroga de esta decisión reflejada en el último decreto ley de junio, los solicitantes y quienes ya sean beneficiarios, van a poder ver incrementadas sus cuantías. La Seguridad Social explica que la fecha oficial de cobro de esta prestación no contributiva siempre se realiza en el último día hábil del mes correspondiente, por lo que los actuales beneficiarios lo cobrarán en viernes, 29 de julio.

Cómo saber si se ha concedido en Ingreso Mínimo Vital

A través de la plataforma web de la Seguridad Social, existe un proceso por el que se averigua si el IMV ha sido concedido o no a los posibles beneficiarios que hayan efectuado el trámite de solicitud. Tras demostrar que no se han superado un límite de ingresos, en este año, van a tener la posibilidad de tres vías de consulta. Así, la Sede Electrónica consigue mejorar el servicio y la accesibilidad del trámite.

Todas esas vías por las que se puede consultar cómo va el estado de solicitud de la prestación no contributiva son las siguientes:

  • Por vía presencial, para ello se deberá solicitar una cita previa en alguna de las oficinas de la administración pública.
  • Por vía telemática, se puede hacer por dos vías: con certificado electrónico o sin certificado electrónico. En esta opción, la novedad es que, aquellos que hayan pedido la prestación no contributiva a través del formulario web con certificado digital como representante legal, también pueden consultar cómo va el trámite.

Cómo realizar el trámite de consulta sin certificado digital

Cuando las personas solicitantes del IMV quieran saber si lo pueden cobrar o no, no tienen la obligación de certificarse digitalmente. Pueden consultar el estado mediante la opción del formulario web que rellenaron previamente. Habrá que acceder a la consulta mediante uno de estos dos dígitos:

  • Uno de 32 caracteres que el sistema le dio cuando rellenó la petición.
  • Uno de 8 caracteres que fue enviado al email del interesado.

También se puede acceder de una web específica del INSS, donde se selecciona 'Gestiona la solicitud presentada.' Se abrirá una nueva ventana donde se introducirá uno de esos códigos y se le dará a enviar. El sistema abrirá una nueva ventana donde se indicará el estado con estas opciones:

  • En estudio.
  • Pendiente de documentación.
  • Archivada por falta de documentación.
  • Archivada por duplicidad.
  • Aprobada.
  • Denegada.
  • Inadmitida a trámite por incumplir el requisito de rentas y/o patrimonio.
  • Inadmitida por ser administrador de una sociedad.

Desde la Seguridad Social informan que estos expedientes se actualizan todos los viernes y que ese será el estado en el que se encuentre la dicha tramitación.

Solicitudes con certificado electrónico o Cl@ve

La administración pública tiene un sistema general donde se puede comprobar la solicitud cuando la persona se registre digitalmente. Tendrá que abrir el desplegable 'Mis expedientes administrativos' en la Sede Electrónica y pulsar la opción 'certificado electrónico' o Cl@ve.

Se abre directamente una aplicación donde se informa del estado de la petición. Ahí hay que introducir el código de 20 dígitos. Cuando se consulta por esta vía, no será posible consultar estando el procedimiento en curso. Solamente se sabrá si está aprobada o denegada. 

La aprobación y la desestimación se verificarán a través del apartado 'Notificaciones/comunicaciones'. Será necesario acceder a 'Consulta y firma de notificaciones telemáticas.' Si ya hubiera resolución, deberá pinchar en 'Pendientes de firmar.'

Como representante de otra persona

A través de la aplicación de la Sede Electrónica, los que solicitaron el IMV en representación legal de otra persona, también podrán consultar el estado. Para ello, deberán acceder a la opción 'Cómo va mi prestación.'

Consultar el IMV en las oficinas de la Seguridad Social

Cuando el solicitante desee ver el estado de la prestación de forma presencial, puede pedir cita previa en las oficinas correspondientes geográficamente. Hay que tener presente que el organismo público está obligado a notificar la resolución mediante una carta certificada que llega a nombre de la persona que va a percibir la ayuda.

¿Qué ocurre si hay silencio administrativo? Recibir la carta donde se notifique el estado de la tramitación del IMV no tarda más de dos meses. El INSS explica que este trámite no suele demorarse más de seis meses en percibirse. Aunque se haya sobrepasado ese tiempo, no se entenderá denegada por silencio administrativo, sino que hay que esperar a que se resuelva la situación.

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