Quiénes podrán cobrar la ayuda familiar de 100 euros del Gobierno: requisitos para solicitarlo

El Gobierno de España reconocerá una ayuda familiar de 100 euros cuando se tengan hijos menores y un permiso retribuido de 5 días al año a los trabajadores que lo necesiten.

Quiénes podrán cobrar la ayuda familiar de 100 euros del Gobierno: requisitos para solicitarlo
Ayuda de 100 euros incluida en la nueva Ley de las Familias Envato
Isabel Gómez

Las familias españolas podrán cobrar un permiso retribuido de 100 euros del Gobierno de España a partir de 2023 cuando tengan hijos menores a cargo. Sin embargo, muchos desconocen qué tipos de familias podrán cobrarlo. Algo que se detallará a continuación, ya que habrá que cumplir una serie de requisitos.

Este anteproyecto de Ley de las Familias pasará mañana por el Consejo de Ministros para su aprobación, aunque ya se conocen algunos de los derechos que se incluirán en esta nueva norma. Uno de ellos consiste en un permiso de cinco días al año retribuido cuando se tengan que tomar días libres para cuidar convivientes o familiares de segundo grado.

A esta ayuda y al permiso de cuidado se unirá un permiso parental de ocho semanas para disfrutar a lo largo de los primeros ocho años del hijo. Eso sí, no es retribuido. Aun así, amplía el actual periodo de 16 semanas retribuidas que se tiene como permiso de paternidad y maternidad.

Otra novedad que traerá esta norma será la ampliación del concepto de familia numerosa. Tras su aprobación, tendrán esta consideración las familias monoparentales con dos hijos a cargo. Lo que les permitirá acceder a más ayudas familiares.

¿Qué familias podrán cobrar la ayuda de 100 euros?

La prestación familiar de 100 euros estará destinada a las familias, monoparentales o no, que tengan hijos menores de 3 años. Este es el requisito principal para convertirse en beneficiario. El Gobierno lo permitirá cobrar desde el nacimiento hasta que se alcanza la edad máxima. Entre todos los beneficiarios se encuentran:

  • Madres trabajadoras.
  • Cuando haya familiares del mismo sexo, uno de los dos.
  • El padre o tutor, en caso de fallecimiento de la madre o si tiene la guarda y custodia.
  • Las madres desempleadas que cobren la prestación contributiva por desempleo (el paro) o que lleven cotizados al menos 30 días.

¿Qué familias no pueden solicitarla?

En un primer momento, se determinó que fuera una prestación universal para todo el mundo. Sin embargo, se ha dado un giro y se confirma que será una ayuda contributiva que dependerá de las aportaciones que se hagan a la Seguridad Social. Quienes no hayan cotizado, no podrán pedirla.

Tampoco serán beneficiarias las familias que ya cobren el Ingreso Mínimo Vital con complemento de infancia. Cabe recordar que este complemento no hay que solicitarlo a la Seguridad Social, sino que lo otorga la administración pública de oficio.

¿Cómo solicitar la ayuda de 100 euros recogida en la Ley de las Familias?

Desde el Gobierno se ha comunicado que el proceso de solicitud lo dirigirá la Agencia Tributaria. Todos aquellos que quieran convertirse en futuros beneficiarios deberán rellenar el Modelo 140 donde se recoge la deducción por maternidad. 

Este se podrá presentar en la Agencia Tributaria (AEAT) a través de tres vías: 

  • De forma presencial, en alguna de las oficinas de Hacienda de la provincia donde se resida. Cabe recordar que para ello será necesario solicitar una cita previa.
  • A través de Correos.
  • A través de Internet, en la plataforma electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o por teléfono.

Otras novedades incluidas en la Ley de las Familias a partir de 2023

El Ministerio de Servicios Sociales, capitaneado por Ione Belarra, ha incluido dos nuevos permisos para facilitar el cuidado de hijos y familiares: uno de cinco días y otros de ocho meses. Estas novedades tienen sus características específicas, como se verá a continuación.

Permiso de cinco días para cuidados de familiares

Los trabajadores tendrán derecho a un permiso retribuido de cinco días destinado al cuidado de los familiares o convivientes de segundo grado de consanguineidad. Entre ellos se encuentran: abuelos, nietos o hermanos. De esta forma, se amplía el periodo de 2 días al año para familiares en caso de fallecimiento o enfermedad. 

Permiso parental de ocho semanas

Otra novedad es el permiso de ocho semanas que se pueden disfrutar durante los primeros ocho años de vida del hijo. El Gobierno ha especificado que se podrá disfrutar por dos meses seguidos o repartir esas semanas de forma discontinua durante todo el tiempo que se tenga derecho.

Cabe mencionar que esta ayuda no es retribuida, por lo que se trata de un permiso no contributivo y habrá un recorte salarial. Además, se podrá complementar con el clásico permiso de paternidad de 16 semanas (que sí son retribuidas).

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