Así puedes pasar de una pensión por incapacidad permanente total a la jubilación

Hay que prestar una cierta atención para saber con qué pensión se puede llegar a cobrar más y seguir una serie de pasos.

Así puedes pasar de una pensión por incapacidad permanente total a la jubilación
Esta es la forma de cambiar una incapacidad permanente por una jubilación
Diego Fernández

Una de las grandes dudas que pueden surgir dentro del mundo de las pensiones es sobre cómo se puede pasar de una a otra. Algo que ocurre especialmente con respecto a las prestaciones contributivas que se entregan con motivo de la incapacidad permanente. Esto es debido a que son muchos los pensionistas que cobran esta pensión y no saben cómo se cambia por una prestación de jubilación una vez llega a la edad mínima para poder acceder a la misma.

En este artículo se va a resolver una de esas cuestiones, como la referente a los pasos que se deben dar para poder cambiar la pensión de incapacidad permanente total que se recibe por una con motivo de la jubilación. Todo ello siempre y cuando se cumplan con los requisitos mínimos que tiene establecidos el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con respecto a la prestación contributiva de jubilación al momento de solicitar la cuantía correspondiente.

Hay que recordar que en el caso de que no se sepa cuál es la pensión por incapacidad permanente que está cobrando tiene que saber que dependerá del grado de invalidez que le afecte. En el caso del grado conocido como “total” se trata de un apartado en el que el profesional puede continuar en activo en el mundo laboral, aunque debe cambiar de trabajo ya que no tiene la posibilidad de realizar la actividad que venía ejerciendo antes de sufrir la discapacidad.

¿Es mejor cobrar la incapacidad permanente o una jubilación?

Ante esta situación una persona que esté cobrando la pensión por incapacidad permanente total se puede preguntar qué es lo mejor que puede hacer, si quedarse como está o solicitar la pensión de jubilación a la Seguridad Social. Algo que se puede resolver mediante el conocimiento de lo que el pensionista cobraría con una u otra prestación contributiva, un dato que se puede obtener teniendo en cuenta los siguientes datos.

Cuando se es beneficiario de una prestación por incapacidad permanente con el grado de total hay que tener en cuenta que, una vez se cumplen los 55 años, es necesario diferenciar si el pensionista está trabajando o no. En el caso de que continúe trabajando y, por lo tanto, cotizando a la Seguridad Social, recibiría una pensión correspondiente al 55 % de la base reguladora del total que le podría pertenecer en la prestación. Mientras que, por otro lado, en el que caso de que sea desempleado, el INSS pagará un complemento extra del 20 % más, lo que hace que cobrase el 75 % de la base reguladora.

Una vez se tiene en cuenta estos datos hay que destacar que, si el beneficiario de la pensión trabaja, lo mejor es que solicite la jubilación una vez alcanza la edad legal para ello, ya que cobrará una cantidad mayor que la que recibe con la incapacidad. Mientras que si no accede a ningún puesto de trabajo, son 11 años, hasta los 66 años, en los que no cotiza y, por lo tanto, hace que la pensión por incapacidad permanente sea mayor que la jubilación. Por eso hay que tener una especial atención sobre si se quiere o no solicitar la jubilación una vez se alcanzan los 66 años de edad en este 2022.

¿Cómo se cambia una pensión de incapacidad permanente por una de jubilación?

Si se opta por cambiar una pensión por otra, es un proceso que se puede hacer de diferentes maneras, aunque lo más recomendable es llevar a cabo el trámite por internet. Todo ello con el único motivo de que no hay que solicitar una cita previa para hacerlo y se puede realizar esta gestión durante las 24 horas del día desde cualquier dispositivo en el que tenga conexión a internet.

Para poder hacer el cambio es tan sencillo como solicitar la pensión de jubilación nacional. Algo que se puede tramitar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social y, dentro de ella, en el apartado ‘pensiones’ que está dentro de la opción ‘ciudadanos’. Ahí se abre un menú con varias opciones, donde hay que dirigirse a la que está bajo el título de ‘jubilación nacional’, teniendo que identificarse, completar un formulario con los datos que se exigen y, antes de acabar, adjuntar la solicitud de jubilación que también ha de completarse con todos los datos personales.

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