Esta es la fecha en la que tienes que presentar la declaración de la Renta

Plazos de presentación de la declaración de la Renta 2021. Fecha de inicio y cierre de la campaña de 2022 para rendir cuentas a Hacienda.

¿Cuándo hay que presentar la declaración de la Renta? Fechas para rendir cuentas a Hacienda
Fechas y novedades de la declaración de la Renta
Esperanza Murcia

A poco más de dos meses para que comience la campaña de la declaración de la Renta, son muchas las personas que se están preguntando cuándo tienen que rendir cuentas a Hacienda. La Agencia Tributaria ya publicó las fechas clave para presentarla, que variarán dependiendo del método que se quiera utilizar para presentar los ingresos obtenidos durante el ejercicio de 2021. 

La campaña de la Renta comenzará oficialmente el 6 de abril, que será el primer día en la que se puedan entregar las declaraciones por internet. Para realizar el trámite será necesario disponer de certificado digital, sistema cl@ve y número de referencia, tratándose del método más usado por parte de los contribuyentes. 

La siguiente fecha, casi un mes después, es el jueves 5 de mayo partir de la cual se podrán presentar las declaraciones por teléfono. A través de esta vía el personal de la Agencia Tributaria brindará asistencia al interesado, para lo que será requisito pedir cita previa. Por último, el 1 de junio se abrirá el plazo para presentar la declaración de la Renta de modo presencial. Si se toma como referencia años anteriores, también será necesario pedir cita con anterioridad. 

Ahora, ¿hasta cuándo se puede presentar la declaración de la Renta? Como en campañas anteriores, el último día será el 30 de junio. En el caso de los contribuyentes con resultado a ingresar que quieran domiciliar el pago, podrán hacerlo hasta el 27 de junio adelantándose la fecha de entrega. 

Novedades de la declaración de la Renta 2021-2022

La declaración de la Renta del ejercicio de 2021 viene con importantes novedades. Las principales son la subida para los contribuyentes con ingresos más altos y para aquellos que invierten en planes de pensiones. A continuación se citan los cambios que se deben de conocer de cara a la próxima campaña. 

Subida de impuestos a la renta general 

Hasta el año pasado, existían 5 tramos para determinar los gravámenes que se aplican a la base liquidable general. Ahora se le suma otro tramo por el que a los contribuyentes que superen los 300.000 euros se le aplicará un tipo del 24,50%, en vez del 22,50% que se le aplicaba anteriormente. 

Subida de impuestos a las rentas de ahorro 

Las rentas de ahorro, tal como explica la OCU, son las ganancias reales que se pueden tener con la venta de bienes y aquellas que se imputan al donante aunque no reciba nada. También entran los intereses de cuentas y depósitos, lo obtenido al vender obligaciones y bonos así como lo cobrado con seguros de vida. 

Para estos casos también se ha añadido un nuevo tramo, por el que a las personas que superen los 200.000 euros se les aplicará un porcentaje del 26%. Para el resto de contribuyentes que no excedan este límite los tipos seguirán igual: hasta 6.000 euros se aplica un 19%, entre 6.000 y 50.000 euros un 21%, y entre 50.000 y 200.000 euros un porcentaje del 23%. 

Planes de pensiones

Por el contrario, se ha recortado la capacidad de deducir impuestos para los planes de pensiones. Si bien con anterioridad la ventaja fiscal era el 30% de las rentas de trabajo o bien 8.000 euros totales, ahora las aportaciones personales a estos planes no pueden superar los 2.000 euros. Los planes de empresa sí que pueden recibir hasta 8.000 euros, no pudiendo superar los 10.000 euros si se combinan ambos (aportaciones personales y empresariales). 

También se ha reducido la cantidad que se puede aportar al plan del cónyuge con posibilidad de deducción, pasando de 2.500 a 1.000 euros al año. Sobre los seguros provados de dependencia, de nuevo se ha visto una reducción: las cifras del beneficiario fiscal pasan de 8.000 a 2.000 euros. 

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