Requisitos para obtener una incapacidad permanente parcial en 2022

La Seguridad Social exige una serie de condiciones en 2022 para acceder a una incapacidad permanente parcial.

La Seguridad Social exige una serie de condiciones en 2022 para acceder a una incapacidad permanente parcial.
Isabel Gómez

La pensión de incapacidad permanente parcial es una de las ayudas económicas contributivas que otorga el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Esta modalidad cubre la vulnerabilidad de los trabajadores por la dificultad que puedan presentar al llevar a cabo su actividad laboral. Puede estar motivada por una enfermedad o por un accidente.

Dicha incapacidad permanente se le da a aquellos empleados que hayan sufrido algunas de las mencionadas dolencias y que les incapacita en más de un 33% para desempeñar su trabajo de forma regular. Por ello, se les indemniza con una cuantía económica para suplir esa situación especial. Sin embargo, los trabajadores afectados no tienen por qué abandonar su puesto de trabajo.

Desde la Seguridad Social se recogen cuatro categorías en las que define el grado de incapacidad permanente: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Cada una de ellas presenta unas características y unos requisitos específicos que hay que cumplir para que se pueda garantizar. Por el momento, se va a explicar en qué condiciones deben cumplir los trabajadores para que se les conceda la parcial.

Requisitos para recibir una incapacidad permanente parcial en 2022

Para que el INSS otorgue una incapacidad permanente parcial, el trabajador afectado debe cumplir con una serie de condiciones: 

  • No haber llegado aún a la edad ordinaria de jubilación, es decir, a los 65 años siempre que se hayan cotizado 37 años y seis meses o más. En algunas ocasiones, se puede llegar a la jubilación sin tener derecho a ella, siempre que la contingencia de la incapacidad sea común. 
  • El beneficiario de la pensión debe estar dado de alta previamente en la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta.
  • Para esta modalidad de ayuda contributiva, no es necesario tener una cotización mínima siempre que el estado en el que se encuentra el pensionista haya sido resultado de una enfermedad o un accidente.
  • Si esa contingencia se da por una enfermedad común, se deben acreditar 1.800 días de cotización, dentro de los 10 años anteriores a la formalización de la solicitud de incapacidad temporal de la que derive la invalidez.
  • La población activa trabajadora menor de 21 años deben acreditar que se ha trabajado la mitad de los días desde que cumplen los 16 y la de iniciación del proceso de incapacidad temporal, al que se sumará todo el periodo, se haya agotado o no, de la incapacidad temporal (545 días).

En el caso de que la pensión se solicite por trabajadores a tiempo parcial, es necesario calcular previamente el ‘coeficiente global de parcialidad’, esto es el resultado de dividir los días cotizados de una persona (tanto a jornadas parciales como a completas) por los días de alta en el INSS y multiplicarlo por cien.

¿Quién aprueba una incapacidad permanente parcial?

Deberá ser el Equipo de Valoración de Incapacidades de la Seguridad Social, el EVI, quienes hagan los exámenes previos pertinentes para así conceder al enfermo el grado de invalidez que le corresponda. Hay que recordar que en la incapacidad parcial debe ser igual o superior al 33%. Por regla general, la revisión por parte de este Tribunal Médico se realiza cada dos años.

Para que un trabajador afectado por una enfermedad o un accidente pueda solicitar este tipo de pensión, puede haber pasado previamente o no por una incapacidad temporal, lo que comúnmente se conoce haber estado de baja médica. 

¿Cuál es la cuantía que se recibe de una incapacidad permanente parcial?

Justamente, para esta modalidad de pensión contributiva, la Seguridad Social no tiene estipulada una cuantía fija como ocurre con la total, la absoluta o la de gran invalidez. En este caso, la ayuda consiste en una indemnización a tanto alzado de 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió como cálculo de la incapacidad temporal.

Se abona en una pago único y está sujeta a tributación, por lo que el pensionista debe efectuar la declaración de la renta del Impuesto de Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) en cada ejercicio económico.

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