¿Te pueden quitar el Ingreso Mínimo Vital? Casos en los que tendrás que devolver la ayuda

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda para personas sin recursos, pero que la Seguridad Social puede retirar. Estos son los motivos por los que se pierde la prestación.

Mujer consulta notificación
Diego Fernández

Existen una serie de motivos por los que una persona puede llegar a perder el Ingreso Mínimo Vital (IMV) del que está siendo beneficiario. Además, tal y como detalla la Seguridad Social, no solo se puede perder sino que también existe el riesgo de tener que devolver la cantidad ingresada en caso de que haya algún incumplimiento o sanción.

Es importante recordar que esta ayuda fue aprobada por parte del Gobierno de España con el objetivo de aliviar a las personas más vulnerables en la pandemia del Covid-19, y que se extenderá más allá de la crisis sanitaria. La cuantía económica asociada a esta ayuda no es una cantidad fija, sino que varía en función de la situación de cada persona, teniendo un importe mínimo de 469,93 euros al mes y un máximo de 1033,85 euros mensuales.

Para cobrar la prestación se debe cumplir los requisitos no solo desde el momento de la solicitud, sino también durante el tiempo que se este percibiendo. Es decir, si en un momento se deja de reunir las condiciones que origino su aprobación se deberá de informar Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). De no hacerlo supondrá serias sanciones.

Casos en los que te pueden quitar el Ingreso Mínimo Vital

Desde la Seguridad Social se han indicado algunos casos en los que una persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital puede llegar a perderlo. Lo que haría que la persona solicitante no ingresase la cantidad correspondiente que se le había aprobado anteriormente por parte del INSS. Estos casos en los que se pierde el derecho al IMV son:

  • Pérdida temporal de alguno de los requisitos.
  • Incumplimiento de alguna de las obligaciones que se detallan por la Seguridad Social al beneficiario de la ayuda.
  • Si existen indicios de incumplimiento de alguno de los requisitos, el INSS suspenderá la ayuda de manera temporal.
  • Si el beneficiario se traslada al extranjero por un periodo de tiempo superior a 90 días al año sin haberlo comunicado con antelación ni estar justificado. 
  • Tener un mayor nivel de ingresos del permitido por parte del trabajador autónomo.

Pero en el caso de incumplimiento de alguno de los requisitos, la extinción del cobro de la ayuda del IMV no es lo único que se puede exigir desde la Seguridad Social. Sino que también se puede llevar a pedir la devolución de parte de los ingresos de los que se ha visto beneficiado. 

¿Te pueden hacer devolver el Ingreso Mínimo Vital?

La respuesta es sí. La Seguridad Social puede llegar a exigir la devolución del importe que se ha cobrado con motivo de haber obtenido el Ingreso Mínimo Vital. Tal y como se detalla en la web de la administración del gobierno de España, si una persona ha recibido un cobro indebido del IMV debido a un engaño del solicitante en la solicitud o en el aporte de los datos. 

En estos casos en los que la Seguridad Social detecte cualquier tipo de problema, pedirá explicaciones al solicitante, retirando, de manera cautelar, la ayuda económica. En caso de que se certifique que el beneficiario ha engañado al INSS, se establecerán una serie de sanciones dependiendo de la gravedad de la sanción. 

Para conocer el tipo de sanciones a las que se puede atener una persona que incumpla algunos de los requisitos o que trate de engañar a la administración con documentación falsa se puede consultar el artículo sobre el por qué deberás devolver el 50% del Ingreso Mínimo Vital a la Seguridad Social.

¿Cómo reclamar el Ingreso Mínimo Vital?

En el caso de que una persona se haya visto afectada por la retirada del IMV puede reclamar una nueva aprobación si cree que se le ha retirado de manera injusta. La reclamación puede realizarse de dos vías diferentes, esto quiere decir que se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o también de manera presencial. Además, se dispondrá de un plazo máximo de 30 días para poder reclamarlo.

En el caso de querer realizar una reclamación de manera online, el afectado se debe dirigir a la sede electrónica de la Seguridad Social. Habrá que dirigirse dentro del apartado de ‘Sugerencias y quejas’, pudiendo entrar de diferentes métodos, con certificado digital, DNI electrónico o con Cl@ve. Una vez ahí, se deberá rellenar un formulario en el que se deberán explicar los motivos por los que se reclama el ingreso de esta ayuda económica. Aquí, se muestra los pasos para reclamar un ingreso mínimo vital denegado.

Sí, por el contrario, se prefiere hacer de manera presencial, lo primero será solicitar una cita previa para acudir a las oficinas del INSS. Es entonces cuando se deberá rellenar el mismo modelo de reclamación y, tras ello, presentarlo en las instalaciones de la administración pública.

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