La DGT avisa de la nueva multa de 200 euros por parar el coche en estos sitios

La reforma de la Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado 21 de marzo eleva a rango de infracción grave una infracción que era considerada leve.

La DGT avisa de la nueva multa de 200 euros por parar el coche en estos sitios
Multas DGT
Javier Martín

Las principales novedades tras la última reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) ya están vigor desde el pasado lunes, 21 de marzo. De esta manera, todos los conductores deben ser conscientes y estar al tanto de sus cambios, principalmente orientados a la actualización a los dispositivos tecnológicos y nuevos medios de transportes como el patinete eléctrico, pero, sobre todo, el endurecimiento de las sanciones.

Llegar a la cifra de cero fallecidos en el año 2050, o acercarse lo máximo posible, en su defecto, es el principal objetivo de su campaña ‘Nuevos tiempos. Nuevas normas’. Y hacerlo mediante el refuerzo de la prohibición y la sanción, en lugar de la infraestructura o la educación vial. Una vía con la que se prevé recaudar este 2022 un 3 % más en multas que en 2021, llegando hasta los 366 millones de euros.

La manipulación manual del teléfono móvil, el patinete, adelantar a bicicletas, arrojar objetos por la ventanilla, la presencialidad en las autoescuelas o los mecanismos de detección de radares son algunos de los cambios respecto a la Ley de Tráfico de 2015 son algunos de los aspectos de la seguridad vial que implican nuevos cambios.

Para con el coche en el carril bici, la nueva sanción grave de la Ley de Tráfico

¿Se puede parar o estacionar en una zona habilitada como carril bici? No, ni siquiera un momento. Tal y como especifica la Dirección General de Tráfico (DGT) la acera es para el peatón, y el carril bici, para el ciclista. Igual que no se puede aparcar o estaciones en la acera, tampoco en el carril bici. Ni para estacionar, correr, pasear o parar.

Con el objetivo de proteger a los conductores más vulnerables, aquellos usuarios de bicicletas o patinetes eléctricos, no se podrá ocupar este tipo de carril segregado. De hacerlo, conllevará 200 euros de multa como infracción grave, sin pérdida de puntos. Al igual que en otros como carriles bus, curvas o cambios de rasante. Una infracción que cambia de cuantía y de rango, ya que antes era considerada como infracción leve después de la modificación del apartado correspondiente del artículo 76. Es decir, hasta este 21 de marzo, que entraron en vigor los nuevos cambios, este hecho estaba prohibido pero no sancionado.

Concretamente, afirma que “parar o estacionar en el carril bus, en carriles o vías ciclistas, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones”

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