Las empleadas del hogar en España ya tienen derecho a cobrar la prestación por desempleo, el paro, del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con total probabilidad, a finales de 2022. Un hecho histórico, al ser la primera vez que se les permite en España. Así se dio a conocer a comienzos de junio en Consejo de Ministros, después de que se ratificara el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En la sesión plenaria del 9 de junio, hubo 341 votos a favor y ningún rechazo ni abstención, por lo que el colectivo, de más de medio millón de empleadas del hogar, podrán disfrutar de una condiciones de trabajo igualitarias al resto de profesionales. El derecho a cobrarlo comenzará a hacerse efectivo a partir de septiembre de 2022, cuando se ultimen los detalles de la oportunidad de convertirse en demandantes de empleo del SEPE.
En este momento, este grupo de trabajadores está incluido en el Sistema Especial de Empleadas del Hogar de la Seguridad Social, aunque, según apuntan fuentes del Gobierno de España, se prevé que pasen a formar parte del Régimen General de esa administración en pocos meses.
El Congreso ha dado hoy un sí unánime a la ratificación del #Convenio189 de la @ilo.
— Yolanda Díaz (@Yolanda_Diaz_) June 9, 2022
Es un voto de dignidad, que inaugura un tiempo de derechos plenos para miles de mujeres. Mujeres que sostienen, con su trabajo en el hogar y en los cuidados, la marcha de este país. ¡Gracias! 💜 pic.twitter.com/28IidJtJmT
Qué requisitos deberán cumplir las empleadas del hogar para tener derecho a paro en 2022
Desde la administración pública de empleo se exigen una serie de condiciones para que los trabajadores del hogar puedan cobrar la prestación contributiva por desempleo y, si pueden, el subsidio por desempleo del mismo organismo. Todas las trabajadoras desempleadas deberán:
- Estar dadas de alta en el régimen contributivo de la Seguridad Social o en una situación que se asemeje al alta. Todavía se está a la espera de aprobarse que formen parte del Régimen General.
- Darse de alta como demandantes de empleo en el SEPE.
- Haber cotizado durante 360 días o más, durante los seis años anteriores, es decir, desde que se perdió el paro.
- Estar en una situación legal de desempleo y suscribir el compromiso de actividad.
- No haber cumplido todavía la edad ordinaria de jubilación, es decir, los 65 años, siempre que se haya cotizado más de 37 años y seis meses a la Seguridad Social.
- No se podrá cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible.
- No se podrá hacer ninguna actividad como autónomo o asalariado a tiempo completo, excepto si hubiera la posibilidad, porque así lo establece un programa que fomenta la empleabilidad.
¿Cuánto van a cobrar de paro las empleadas del hogar en 2022?
Estas trabajadoras van a cobrar un importe u otro, según los años que se hayan cotizado en los últimos seis meses que hayan estado dadas de alta. Concretamente, se toman como referencia las bases de cotización al Instituto Nacional de la Seguridad Social por contingencias profesionales. Así, la prestación por desempleo tendrá una cuantía u otra, dependiendo de la duración a la que se tenga derecho:
- A lo largo de los primeros seis meses, se va a poder percibir el 70% de la base reguladora.
- A partir de esos seis meses, se percibirá el 50% de la base reguladora hasta un máximo de dos años.
Si se explica con un ejemplo, una empleada del hogar que haya trabajado durante tres años y es despedida de su empleo, cuando acude al SEPE a por la ayuda contributiva, le informan de que su cotización media es del 1.000 euros al mes. Por tanto, la cuantía que recibe los primeros 180 días, será de 700 euros mensuales, y a partir del día 181, cobrará 500 euros mensuales.
Esos 1.000 euros que se han puesto como ejemplo, corresponden con lo mínimo que van a poder cobrar por ley y con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Actualmente, los sueldos de este colectivo de trabajadores, está fijado por una tabla salarial específica.