Las novedades de la declaración de la Renta 2021-2022 que debes tener en cuenta

Estas son las novedades de la declaración de la Renta que debes conocer antes de rendir cuentas ante la Agencia Tributaria. Nuevos tramos y deducciones que se pueden aplicar.

Declaración de la Renta 2021-2022: novedades a tener en cuenta
Nuevos tramos y deducciones de la declaración de la Renta
Esperanza Murcia

Si bien faltan dos meses para que comience la Campaña de la Renta 2021-2022, conviene conocer de antemano las novedades que se han implantado este año. Habrá que tenerlas en cuenta antes de rendir cuentas a la Agencia Tributaria, encontrándose la principal novedad en los nuevos tramos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que afectará especialmente a los contribuyentes con ingresos más altos.

De ese modo, se ha pasado de 5 a 6 tramos. El sexto, correspondiente al nuevo que se ha incluido en la retención sobre los rendimientos del trabajo, ha supuesto una subida del tipo impositivo que alcanza el 47% para los contribuyentes con rentas superiores a 300.000 euros. También se ha producido una subida de impuestos a las rentas de ahorro, añadiendo de nuevo un tramo, por el que a las personas que superen los 200.000 euros se les aplicará un porcentaje del 26%. 

Establecidas estas nuevas medidas, los tramos para las rentas de trabajo quedarían con los siguientes tipos impositivos, dependiente de su correspondiente base imponible: 

  • Primer tramo hasta 12.450 euros: 19%. 
  • Segundo tramo desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%.
  • Tercer tramo desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30% .
  • Cuarto tramo desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37% .
  • Quinto tramo desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%.
  • Sexto tramo (nuevo) a partir de 300.000 euros: 47%.

Por su parte, así quedarían los tramos para las rentas de ahorro

  • Primer tramo hasta 6.000 euros: 19%.
  • Segundo tramo desde 6.000 euros a 50.000 euros: 21%.
  • Tercer tramo desde 50.000 euros hasta 200.000 euros: 23%.
  • Cuarto tramo (nuevo) a partir de 200.000 euros: 26%.

Nuevas deducciones aplicables a la declaración de la Renta 

Otra novedad que deben conocer los contribuyentes que tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta son las deducciones a las que se pueden acoger. Al respecto, se han introducido reducciones para impulsar la rehabilitación edificatoria” de un 20% de las mismas, con un máximo de 5.000 euros, para obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. Eso sí, siempre que las obras realizadas, hasta el 31 de diciembre de 2022, contribuyan a una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración.

De forma adicional, también se han establecido deducciones del 40% para obras que tengan el objetivo de mejorar “el consumo de energía primaria no renovable”, con un máximo de 7.500 euros siempre que las obras realizadas, hasta el 31 de diciembre de 2022, contribuyan a una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable. 

En la misma línea, existe una tercera deducción por obras de rehabilitación para mejorar la eficiencia energética en edificios de uso residencial, hasta el 31 de diciembre de 2023, previa acreditación del certificado de eficiencia energética de reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo. También valdrá con la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase “A” o “B”. Si se cumplen estos requisitos, los contribuyentes en este caso podrán deducirse hasta un 60%, con un límite máximo de 15.000 euros.

Desgravaciones por planes de pensiones 

En el lado contrario se encuentran los planes de pensiones, que han sufrido un “tijeretazo” a la hora de deducir impuestos. Si antes se tenía una ventaja fiscal del 30% de las rentas de trabajo, o bien 8.000 euros totales, ahora las aportaciones personales a estos planes no pueden superar los 2.000 euros. Sin embargo, los planes de empresa sí que pueden recibir hasta 8.000 euros, no pudiendo superar entonces  los 10.000 euros si se combinan ambos (aportaciones personales y empresariales). 

Al mismo tiempo, se ha reducido la cantidad que se puede aportar al plan del cónyuge con posibilidad de deducción, pasando de 2.500 a 1.000 euros al año. Sobre los seguros privados de dependencia, también han sufrido una reducción: pasan de 8.000 a 2.000 euros. Por último, en cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, los Presupuestos Generales del Estado introdujeron una subida del 1% para patrimonios de más de 10 millones de euros, alcanzando un tipo del 3,5%.

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