Qué es una unidad de convivencia y cómo afecta a la hora de solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Familia, unidad de convivencia, beneficiario y titular. Te aclaramos los conceptos que necesitas para solicitar el Ingreso Mínimo Vital en la Seguridad Social.

Padre e hijo en un parque
Padre e hijo en un parque
Berta F. Quintanilla

Vas a solicitar el Ingreso Mínimo Vital, pero no tienes claro los conceptos de unidad de convivencia, beneficiario y familia. Te ayudamos a aclararte y puedas saber dónde estás exactamente y no confundirte a la hora de marcar la casilla correspondiente en tu solicitud.

Lo primero que tienes que tener claro es dónde ir. Puedes pedir esta ayuda social en las oficinas del INSS de manera presencial con cita previa. Pero también a través de la Sede Electrónica.

Vale, ya tenemos el expediente abierto. Rellena tus datos personales, el certificado de empadronamiento, la renta mínima… y ahora llegas al punto conflictivo.

¿Qué es una unidad de convivencia en el Ingreso Mínimo Vital?

Una unidad de convivencia la componen todas las personas que vivan en la misma casa. Pero tiene que haber una relación entre ellas. ¿Cuál?

  • Tenéis que estar casados. O apuntados en el Registro Civil como pareja de hecho.
  • Familiares hasta segundo grado de consanguinidad. ¿Te lías? Para nada. Vamos a ver, un segundo grado de consanguinidad lo tienen los abuelos, los hermanos y los nietos.
  • Si tu hijo no es biológico, sino adoptado o en acogida también está dentro de este grupo.
  • ¿Has sido víctima de violencia de género y tuviste que escapar de tu casa? Si te has instalado en un nuevo hogar con tus hijos, tú y todos ellos son unidad de convivencia.

El documento oficial que publica el Gobierno con los datos del Ingreso Mínimo Vital, el BOE, dice también que si muere alguien de la unidad de convivencia el concepto no cambia. Podrías seguir con el cobro del Ingreso Mínimo Vital.

Si sois dos personas, dos amigos, por ejemplo, que compartís casa, también sois unidad de convivencia. Pero, en este caso, solo podrá haber un beneficiario.

¿Qué es familia en la solicitud del Ingreso Mínimo Vital?

La familia es lo mismo que la unidad de convivencia. Personas que comparten vivienda unida por vínculos familiares (consanguinidad) o sociales. ¡Ojo! Van a pedir una antigüedad familiar de al menos un año. Es decir, un año conviviendo bajo el mismo techo.

En el caso de que no tengáis nada que ver entre vosotros, un asistente social tendrá que verificar que todos estáis dentro de una situación de riesgo de exclusión y pobreza. Y que es ese motivo el por el que estáis viviendo juntos.

Que es normal: el alquiler es caro, la vivienda más cara todavía. Y si estáis sin ingresos o sin trabajo pues necesitáis compartir techo. Para orientarte puedes pedir cita en el Ayuntamiento de tu localidad, y directamente te mandarán a la oficina de Asuntos Sociales que te corresponda.

¿Qué es el beneficiario?

El beneficiario del Ingreso Mínimo Vital no es lo mismo que el titular. El titular es quien solicita la ayuda de manera formal, es decir, yendo a la oficina y firmando la documentación.

  • Un beneficiario puede estar dentro de la unidad de convivencia. De hecho, es lo normal. Es la persona que va a cobrar el IMV.
  • También puede ser una persona que viva solo, independiente, de entre 23 y 65 años. En el siguiente recurso tienes más requisitos importantes si vas a pedir el Ingreso Mínimo Vital.
  • Si compartes casa con otros usuarios porque te estás separando o divorciando de tu pareja.

El beneficiario tiene que ser independiente desde hace tres años, haber estado dado de alta en la Seguridad Social por lo menos 12 meses. Si has sido víctima de violencia de género, quedas fuera de estos requisitos.

¿Qué es un titular?

El titular es la persona a nombre del que aparece el Ingreso Mínimo Vital. La Administración necesita saber a quién le está pagando la ayuda. Por eso, pedirán el DNI y los demás papeles de la persona responsable. Ese es el titular.

Solo puede haber uno por hogar, de entre 23 y 65 años. Este requisito desaparece cuando tienes hijos o personas con discapacidad a tu cargo. Es decir, si tienes 20 años y un hijo, el límite de edad desaparece.

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